Grabar en vía pública podría ser demandable

Sala IV indica que se puede filmar a funcionarios para documentar su actuación

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Según experto constitucionalista por derecho de imagen

Tras el recurso de amparo contra la Policía de Tránsito por un video que circuló en redes sociales de un hombre insultando a un uniformado, DIARIO EXTRA consultó al abogado constitucionalista Luis Rodríguez con respecto a las consecuencias legales que pueden existir al grabar un video en vía pública y subirlo a redes sociales.

“Este es un tema complicado, debido a que no existe una pauta general que aplique a todos los casos, existen variables. Por ejemplo, una persona puede grabar en vía pública, no obstante, existe el derecho a la imagen, por lo que, si las personas no dan su consentimiento (de salir en las tomas), se estaría interfiriendo con este”, destacó Rodríguez.

El abogado agregó que lo que está mal en este caso es que el video fue grabado por parte de la autoridad y, aunque no se tiene claro si el video fue difundido en internet por parte del uniformado, no se resguardó de manera correcta.

“En este caso ya no es un sujeto privado que lo está grabando, sino que es un funcionario; estos siempre tienen un deber más fuerte de defender los derechos fundamentales. El oficial por supuesto que puede portar una cámara y puede grabar mientras ejerce su función, pero lo que se reprocha es el hecho de que se haya difundido”, explicó.

Tras la consulta de qué hubiese pasado si el video fuera grabado por parte del usuario, el constitucionalista indicó que la historia habría sido distinta, puesto que, mediante varios votos de la Sala Constitucional, se ha indicado que los usuarios pueden filmar a los funcionarios en el ejercicio de sus funciones.

“En eso, la Sala ha sido más tolerante, ya que han detallado que en general todos los funcionarios, por el cargo que ejercen y por un tema de transparencia y rendición de cuentas, sí deben soportar mayor exposición, sin embargo, esta se limita a lo laboral”, finalizó.

SOBRE EL CASO

En el video que circula en redes, se observa a un hombre insultando a un policía de Tránsito. No obstante, en apariencia, y según relata el recurso de amparo, el video fue grabado con el celular del efectivo, ya que en apariencia su cámara de servicio no funcionaba.

“Durante el proceso de revisión de las pruebas y declaraciones, se identifican contradicciones significativas. Por un lado, se argumenta que ‘no se prueba’ que el oficial Somarribas haya realizado una grabación. Sin embargo, en otra declaración el propio funcionario reconoce haber grabado el procedimiento utilizando su teléfono celular personal, alegando que la cámara oficial (Body Cam) presentaba fallas técnicas en ese momento. Esta admisión contradice la primera declaración y refuerza la base de la denuncia de que sí existió una grabación del ciudadano sin su consentimiento”, establece el documento.

El recurrente se amparó en que el oficial violentó el derecho a la imagen, por cuanto este no autorizó que se le grabara ni difundieran dicho video.

Apunta a que la grabación ha sido ampliamente distribuida y publicada en diversas redes sociales, causando una grave afectación a la imagen, privacidad y derechos fundamentales del señor, quien no autorizó su grabación ni difusión. Señala que la distribución pública del video por parte de un funcionario público en ejercicio de sus funciones “constituye una violación directa al derecho a la privacidad, al honor y a la propia imagen del amparado”, reza el documento.

La Sala Constitucional ordenó a la Policía de Tránsito tomar acciones para evitar que se difundan videos en redes sociales.

El conductor del vehículo liviano interpuso este recurso debido a que el oficial exhibió su rostro, licencia y su placa sin autorización, pero además en apariencia difundió el video. Argumentaron que se violentó el derecho a su imagen. Por tal situación la Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso. Lo anterior debido a que, aun cuando se logró demostrar que el oficial grabó el video no así que este lo difundió, sin embargo, se ordenó al director Oswaldo Miranda que realice las diligencias necesarias para establecer adecuados mecanismos de custodia de las grabaciones, para evitar que estas se difundan en redes sociales. 

Se consultó con Oswaldo Miranda, director de la Policía de Tránsito, sin embargo, al cierre de edición no obtuvimos respuesta.