Gobierno propone tobillera para quienes deban pensión alimentaria

Como parte de las propuestas de seguridad

El Gobierno de Costa Rica presentó una serie de propuestas legislativas y reformas para robustecer la seguridad pública y la eficiencia del sistema judicial, entre las cuales destaca el proyecto de Ley de Monitoreo Electrónico por Apremio Corporal.

Esta iniciativa busca que las personas que enfrentan una orden de arresto por no pagar pensión alimentaria puedan utilizar tobillera electrónica en lugar de ser recluidas en un centro penitenciario.

El objetivo primordial de esta reforma es permitir que el deudor continúe desarrollando sus actividades laborales o económicas, de manera que el Estado pueda garantizar que la persona genere los recursos necesarios para ponerse al día con sus obligaciones y, sobre todo, proteger el interés superior de las personas menores de edad y su derecho a recibir alimentos.

¿Quiénes no podrían optar por este beneficio?

El proyecto establece exclusiones claras para garantizar la seguridad y el cumplimiento de la ley.

No podrán usar tobillera electrónica personas vinculadas a:

  • Delincuencia organizada, narcotráfico o legitimación de capitales.
  • Delitos sexuales contra menores.
  • Antecedentes relevantes de violencia doméstica o violencia contra las mujeres.
  • Casos con alto riesgo de evasión o personas que no cuenten con un domicilio fijo que permita el seguimiento técnico.

Reglas estrictas y pérdida del beneficio

El uso de la tobillera electrónica estará sujeto al cumplimiento de obligaciones rigurosas. El periodo de monitoreo será equivalente al tiempo de apremio corporal ordenado por el juez.

El beneficiario deberá mantener el dispositivo en perfecto estado, no alterarlo ni quitárselo, y reportar cualquier falla de forma inmediata.

Una persona perderá automáticamente el beneficio del monitoreo si deja de pagar su obligación alimentaria por más de un mes, si daña el mecanismo o si incumple las restricciones impuestas por la autoridad judicial.

Consecuencias del incumplimiento

En caso de que se revoque el beneficio, el juez ordenará el traslado inmediato del deudor al Sistema Penitenciario Nacional; sin embargo, si esto sucede, la persona aún podrá solicitar una modalidad especial que le permita salir exclusivamente a trabajar y permanecer recluido durante horarios específicos.