Gobierno aplaza controles sanitarios para vapeadores

Reglamento regirá a partir de agosto del próximo año.

A través de un decreto ejecutivo, el Ministerio de Salud aplazó hasta el 6 de agosto de 2027, el reglamento técnico para regular los vapeadores, anunciado a inicios de este año por la entonces titular de esa cartera, Mary Munive.

Entre las justificaciones está que la implementación del reglamento requiere de ciertos procedimientos, incluyendo, coordinaciones con varias entidades.

El decreto ejecutivo N.° 45853-S, firmado por la presidenta Laura Fernández, justificó la prórroga con base en los siguientes criterios:

  • Falta de herramientas técnicas complementarias: Salud argumenta que la implementación de una regulación de esta naturaleza requiere la elaboración y publicación oficial de otros instrumentos técnicos adicionales, con los que aun no cuenta.
  • Complejidad en la articulación del control: Para que el reglamento sea aplicable sin generar inseguridad jurídica, Salud debe consolidar primero una serie de procedimientos administrativos.
  • Informes internos de respaldo: La decisión se fundamenta en análisis de la Dirección General de Salud y de la Dirección de Regulación de Productos de Interés y Riesgo Sanitario los cuales determinaron que aún se requieren acciones administrativas previas para iniciar la fiscalización obligatoria de forma ordenada y proporcional.

El nuevo decreto aclara enfáticamente que esta es una medida transitoria, de carácter organizativo y que de ninguna manera debilita la regulación.

El instrumento tiene como principal objetivo regular los productos de vapeo como artículos de riesgo sanitario cuya comercialización requiere un estricto control por parte del Ministerio de Salud.

Uno de los puntos más rigurosos del reglamento es el requisito de análisis previo a la comercialización. Los fabricantes e importadores deben registrar el producto y obtener la notificación formal de aprobación por parte del Ministerio de Salud.

Además,el producto debe contar con un etiquetado claro que cumpla con los requisitos técnicos de salud. Se prohíbe o regula estrictamente su publicidad, promoción y patrocinio, y se exige un plan para la disposición final adecuada de los residuos de los dispositivos.