Las prioridades incorporadas en el presupuesto extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo para hacer frente a la emergencia por el Covid-19 (que se tramita bajo el expediente legislativo 21.918) deben revisarse, así lo señala la Contraloría General de la República (CGR) en el criterio emitido.
Dicho plan de gasto presentado a la Asamblea Legislativa es por ¢377.079 millones, que proviene de tres fuentes de financiamiento que se detallan a continuación: ¢290.720 millones del préstamo suscrito entre Costa Rica y la Corporación Andina de Fomento (CAF); a los que se suman ¢1.804 millones reintegrados de oficinas consulares en el exterior, esto producto de saldos acumulados de años anteriores y, por último, ¢84.564 millones de reducciones en gastos al presupuesto vigente.
Las partidas antes mencionadas se encuentran incorporadas al presupuesto nacional aprobado para el 2020, pero a criterio de la entidad se deberán hacer una serie de ajustes al presupuesto.
Dentro de sus conclusiones, en el oficio DFOE-SAF-0175, el ente contralor destaca “la necesidad de actualizar la revisión de las prioridades incorporadas en el presupuesto, a la luz de pronósticos actualizados que incluyan las fuentes de ingresos, el servicio de la deuda y las necesidades que demanda el país, de tal manera que la presente iniciativa se visualiza como un ajuste parcial en esa revisión”.
MUCHO OJO
En el proyecto de ley en cuestión, la CGR analiza el efecto que tendrá sobre el déficit financiero en el presupuesto aprobado del Gobierno Central, pues implicaría un alza en ¢66.061 millones, del Producto Interno Bruto (PIB), con lo que se pasará de 7,9% a un 8,1%.
Otro de los puntos que deben valorarse y replantearse es lo referente a la regla fiscal, pues antes de la actual emergencia, para el 2020 se permitía un crecimiento máximo de un 4,67% del gasto corriente.
No obstante, a raíz de la pandemia, el Poder Ejecutivo señaló que la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) determinó que se debía flexibilizar el gasto de varias instituciones para la atención de la emergencia. Se fijó el monto de ¢277.509 millones para la primera etapa de atención, lo cual representa un 0,6% del PIB.
Las instituciones tomadas en cuenta son Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Instituto Mixto de Asistencia Social (IMAS), el Benemérito Cuerpo de Bomberos y el Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (Inciensa).
En este sentido y de acuerdo con la entidad fiscalizadora, es importante para la toma de decisiones, el monitoreo del impacto sobre la regla fiscal por medio de una definición clara del límite numérico máximo en el caso del Presupuesto Nacional en su conjunto.
“(…) es criterio de esta Contraloría General, que se debe comunicar con detalle la justificación del levantamiento de la regla fiscal a las instituciones, así como la definición taxativa del nuevo límite permitido de crecimiento del gasto corriente para el Presupuesto de la República en su conjunto (sin perjuicio de adicionales revisiones durante el ejercicio)”, detalla la entidad. Al tiempo reseña que la propuesta de presupuesto extraordinario podría generar un crecimiento del gasto corriente devengado para 2020 de hasta un 5,7% con respecto al gasto devengado en 2019.
También, el proyecto incluye una reducción, en la planilla de salarios de los empleados públicos, por el orden de ¢8.492 millones en el rubro denominado como años servidos.
Pero la Contraloría llamó la atención que está en trámite el expediente N° 21.917 “Adición de un transitorio único la Ley de Salarios de la Administración Pública N° 2166 del 9 de octubre de 1957”, el cual establece que, a los trabajadores del sector público, cubiertos por el artículo 26 de dicha ley, no se les reconocerá ni se les realizará el pago por concepto de anualidad en el año 2020.
Al respecto, la instancia señala que “el legislador ordinario deberá aprobar la norma para detener dicho pago, de previo a esta autorización presupuestaria”.
*Colaboró en esta información el periodista Bharley Quirós.