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El exministro de Economía, Francisco Gamboa, presentó su renuncia como director de Relaciones Institucionales del Banco Nacional (BN), tras asumir como secretario general del Partido Pueblo Soberano (PPSO).
“Efectivamente, he decidido priorizar mi esfuerzo y energía en el impulso de propuestas para mejorar la calidad de vida y la felicidad de los costarricenses. Hay momentos para tomar acciones con incuestionable amor por la Patria y este es uno de ellos”, señaló a Diario Extra.
Se le solicitó una entrevista, no obstante, indicó que “se encontraba en reuniones”.
Al cierre de nota, no hubo más comunicación con el exjerarca, que mantenía nombramiento en propiedad en el BN y además, contaba con un permiso sin goce de salario hasta mayo de 2026.
Más allá de su salida, Gamboa pudo haber infringido dos normativas.
La primera norma es el artículo 29 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, la cual establece que “los miembros de las Juntas no podrán participar en actividades político-electorales”.
La segunda es el artículo 146 del Código Electoral, que indican que los empleados públicos “no pueden dedicarse a trabajos o discusiones de carácter político-electoral, durante las horas laborales”.
Por dicha situación se han presentado dos denuncias de beligerancia política ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). La primera fue presentada por un ciudadano de apellido Durán el cual pide la nulidad del nombramiento a Gamboa en el PPSO.
“El nombramiento vulnera el principio de neutralidad institucional, indispensable para garantizar elecciones libres y erosiona la confianza pública en la imparcialidad del proceso electoral”, señala.
La segunda fue presentada por el diputado del PLN, Francisco Nicolás, el cual sostiene que Gamboa, aparece en vallas del PPSO y podría estar cayendo en beligerancia política
“Él admite su participación política como secretario general de un partido, durante el periodo de licencia. Se dedica a esas actividades, teniendo prohibición”, señala el verdiblanco.
Ambos casos fueron trasladados al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
¿Qué es beligerancia?
La beligerancia política es la prohibición absoluta de los funcionarios públicos de realizar cualquier tipo de actividades políticas electorales,
Del mismo modo, tienen prohibido utilizar sus cargos para favorecer a algún partido político o dedicarse -en horas laborales- a trabajos o discusiones de carácter político-electoral.