Frente Amplio revive proyecto para prohibir las llamadas “terapias de conversión”

El texto incorpora una serie de excepciones con el propósito de delimitar las conductas que podrían ser sancionadas

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El Frente Amplio (FA) revivió la discusión para prohibir en Costa Rica las denominadas “terapias de conversión”, mediante un nuevo proyecto de ley que plantea sanciones económicas y administrativas contra profesionales y establecimientos de salud que realicen estas prácticas.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.776, retoma y actualiza una propuesta presentada originalmente en 2018 por el entonces diputado José María Villalta, bajo el expediente 20.970, la cual terminó archivada por vencimiento del plazo cuatrienal.

El nuevo texto busca reformar la Ley General de Salud para prohibir los denominados Esfuerzos para Cambiar la Orientación Sexual, Identidad o Expresión de Género.

Según la propuesta, se entenderá por este tipo de esfuerzos cualquier práctica, tratamiento, servicio, consejería o intervención dirigida a modificar, reprimir, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Diputados del FA. Foto: Mauricio Aguilar.

El diputado frenteamplista Antonio Trejos aseguró que el nuevo proyecto incorpora la experiencia obtenida durante la discusión de la iniciativa anterior y busca establecer las restricciones desde un enfoque sanitario.

“No funcionan. La evidencia científica lo demuestra. Lo único que producen son depresión, aislamiento e, incluso en algunos casos, autolesiones y mayores riesgos de suicidio. Son un engaño para la población”, manifestó.

Multas y suspensión de permisos

El proyecto establece que los profesionales y establecimientos de salud no podrán realizar, prescribir, promover, participar o derivar pacientes hacia prácticas consideradas ECOSIG.

En caso de incumplimiento, el Ministerio de Salud podría emitir un apercibimiento y ordenar el cese inmediato de la actividad, además de imponer multas de entre uno y cinco salarios base.

Excluye sermones y conversaciones familiares

El texto incorpora una serie de excepciones con el propósito de delimitar las conductas que podrían ser sancionadas.

La iniciativa aclara que no se considerarán ECOSIG la exploración o desarrollo de la identidad de una persona sin buscar un resultado predeterminado, la atención en salud clínicamente apropiada ni el acompañamiento orientado al bienestar del paciente.

Tampoco se sancionarían opiniones, sermones, enseñanzas religiosas, conversaciones familiares o acompañamiento espiritual solicitado voluntariamente, siempre que estos no constituyan una práctica dirigida específicamente a cambiar o reprimir la orientación sexual o identidad de género.