Este lunes en horas de la tarde se conoció cómo la Fiscalía del Segundo Circuito Judicial de San José elevó a juicio, tras cuatro años de conflicto entre partes, el sonado caso de la comunicadora Maricruz Leiva contra la Dra. Jennifer Fallas por el delito de lesiones culposas (mala praxis).
La resolución forma parte del expediente 18-000667-0619-PE, del que DIARIO EXTRA tiene copia, mediante el cual se confirma la solicitud del ente judicial de enviar a juicio este caso.
Cabe recordar los hechos sucedieron el 27 de agosto de 2018, entre las 5:30 p.m. y las 9:20 p.m., en la “Clínica Splendor”, ubicada en San José́, Los Yoses, donde Jennifer Fallas Guevara intervino quirúrgicamente a la ofendida Maricruz Leiva Ledezma realizando una “Lipoescultura láser en brazos, espalda y abdomen”, pero al parecer la acusada Fallas Guevara faltó al deber objetivo de cuidado en el ejercicio de las artes médicas.
En la acusación, la Fiscalía solicita que se eleve a juicio oral y público la causa, para que la Dra. Fallas responda por esos hechos. “La suscrita Fiscal Auxiliar, después de realizar un análisis del cuadro fáctico y de los elementos probatorios correspondientes a la presente etapa de investigación y de conformidad con las normas jurídicas procesales y sustanciales, considera que existe fundamento y grado de probabilidad suficiente para considerar que la imputada Jennifer Rocío Fallas Guevara es la autora responsable de los hechos aquí́ denunciados, razón por la cual se solicita la correspondiente apertura a juicio. (…) En virtud de lo anterior se realizó́ el allanamiento correspondiente a Clínica Splendor Centro Médico, Laboratorio San José́, en Santa Ana, Clínica Thuel, Ambrosía Estética y en la Clínica Bíblica. Una vez que se realizó́ el secuestro de dichos expedientes médicos, se determinó́ por medio de los dictámenes médicos legales número 2019-0000446, 2019-0008781, 2021-0001569, 2022-0001065, donde se determinó́ que la imputada faltó al deber objetivo de cuidado en relación a los diagnósticos, la cirugía realizada, las complicaciones presentadas y el manejo dado. La tipicidad de dicha conducta deviene en que la encartada infringió́ en una falta al deber objetivo de cuidado al realizar el procedimiento quirúrgico a la ofendida Maricruz Leiva Ledezma, produciendo lesiones en la ofendida que ameritaron una incapacidad temporal de cinco meses y una pérdida de un 35% de la capacidad orgánica, logrando tipificarse así́ la conducta en el tipo penal de Lesiones Culposas (mal praxis).
Por lo anterior, después de analizar el cuadro fáctico, jurídico y probatorio dentro de la presente investigación (…), se considera a la imputada Jennifer Rocío Fallas como autora responsable del delito de Lesiones Culposas con el fundamento suficiente y necesario para la formulación de la solicitud de apertura a juicio, conforme corresponde”.
En los próximos días se señalará Audiencia Preliminar ante el Juzgado Penal del II Circuito judicial, para que esa acusación del Ministerio Público sea conocida y que el juez decida si ordena la apertura a juicio oral y público, que eventualmente se llevaría a cabo ante el Tribunal Penal de esa jurisdicción.
Finalmente, la petitoria judicial establece que “Con fundamento a los hechos, la fundamentación y los elementos de prueba antes descritos, se solicita de manera respetuosa se admita la presente acusación declarando así la Apertura a Juicio en contra de la encartada Jennifer Roció Fallas en perjuicio de Mari Cruz Leiva Ledezma”.
SILENCIO DE DRA. FALLAS
Al cierre de edición, DIARIO EXTRA intentó conversar con la Dra. Fallas en aras de conocer su opinión sobre esta resolución, pero no fue posible ubicarla. Se le envió un mensaje a su celular con el documento completo, pero no hubo respuesta.