Una mala noticia para quienes tengan antecedentes policiales y soliciten permiso de portación de armas. ¡Les será rechazado! Así consta en la reciente resolución de la Sala Constitucional.
Según el expediente No.12-010882-0007-CO (Res/ 2013003472): “El Estado brinda a los particulares la posibilidad de defenderse ante ataques ilegítimos, incluso utilizando armas de fuego, pero restringiendo esta eventualidad a que el Estado tenga un control estricto sobre las armas de fuego en procura de uno de sus fines, como lo es la convivencia pacífica en sociedad”.
La resolución de la Sala le da el aval y la potestad en este caso a Seguridad Pública para que ejerza el control de aquellos que solicitan un permiso para portar armas, pero cuyos antecedentes judiciales estén limpios.
Para el ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, es necesario ejercer los controles en la tenencia de armas para beneficio de los costarricenses.
La Sala IV avaló lo expuesto por la cartera de Seguridad de rechazar solicitudes de portación o inscripción de armas que hagan personas con antecedentes policiales por “delitos contra la propiedad, violencia doméstica, delitos contra la vida, contra la libertad o infracción a la Ley de Psicotrópicos”.
ESTADÍSTICAS
Según estadísticas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), el número de homicidios ha bajado desde 2012 al pasar a la tasa actual de 8,9 por cada 100 mil habitantes, producto del control que se ejerce en el otorgamiento de los permisos de portación.
SOLICITUDES Y RECHAZOS
Datos del departamento de Prensa del Ministerio de Seguridad Pública en cuanto a personas que tramitan una solicitud de portación de armas revelan que solo en 2012 se aprobaron 22.447 y de enero al 30 junio de 2013 se aprobaron 13.104; es decir, se admiten unas 1.870 solicitudes en promedio mensual.
En tanto las solicitudes que se han rechazado este año son 354. Sin embargo cabe resaltar que 44 de estas son de gente que presentó una apelación ante el rechazo de su solicitud, la cual se le tramita y se le responde las causas de la negativa, que en la mayoría de ocasiones se refiere a personas que tienen antecedentes por consumo de drogas y robo agravado o robo simple, otras por hurto o hasta exceder el uso permitido, que son 3 armas por persona.
En tanto las 310 restantes son de personas a las que se les rechazó la solicitud ad portas, o sea en la propia ventanilla, por incumplimiento de algún requisito.
RECHAZO A RECURSO
Cabe señalar que un hombre de apellido Rivera presentó un recurso de inconstitucionalidad a la norma alegando que se “prejuzga y sanciona a la persona que recién se investiga, lo que lesiona el debido proceso”. La defensa de Seguridad Pública es que “El poseer un arma de fuego es una facultad que el Estado le confiere al ciudadano y no un derecho que el mismo posee. Uno de los mecanismos para ejercer el control, supervisión y fiscalización del tema de armas, en aras de la protección del interés público y de la seguridad ciudadana, son los antecedentes policiales”.
Asimismo los magistrados concluyeron en su fallo: “Así, el condicionar la entrega del permiso a no contar con antecedentes policiales responde a una política nacional orientada a fortalecer los compromisos nacionales de seguridad en procura de mantener el orden y la tranquilidad públicas”. A todo esto las autoridades esperan tener un mayor control de quienes porten armas y bajar las incidencias por el uso de estas.