Las empresas que brindan el servicio de ferry, deberán cobrar una tarifa diferente a los adultos mayores, a partir del 17 de agosto, según lo ordenó la Sala Constitucional, desde hace un par de meses.
Para ello, las empresas Naviera Tambor S.A. y Cooperativa Autogestionaria de Transporte Marítimo R.L. deberán ponerse de acuerdo con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam) para determinar cuál será el beneficio que se le dará a esta población, entre los que se encuentra un descuento en la tarifa o la eliminación de cobro. Esto, como cumplimiento de la sentencia 2013-7266, al ser estas empresas concesionarias del servicio de transporte de personas.
En la sentencia, se declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo, debido a que las dos empresas que brindan el servicio de ferry entre Puntarenas y Paquera y con Playa Naranjo, no tenían ningún tipo de descuento en sus tiquetes para los ciudadanos de oro.
El amparo se da, porque en los 8 años que tiene de estarse gestionando un descuento para esta población no se había logrado llegar a ningún acuerdo sobre el beneficio que se iba a otorgar, de manera que la Sala le dio a las partes un par de meses para resolver sus diferencias, mismo que se cumple el próximo 17 de agosto.
NEGOCIACIÓN COMPLICADA
Por la complejidad del tema, este alto Tribunal estableció que la negociación para ver este tema requería de la intervención de diversos órganos adicionales al Conapam, quien es el llamado a ser rector en temas relacionados con esta población. Es por ello que ordenó que tanto el Consejo como los concesionarios públicos y la empresa privada debían sentarse a negociar y mostrar una actitud de colaboración y de acción reflexiva para llegar a acuerdos viables, efectivos y rápidos. Mismos que se encuentran establecidos en la Ley Integral. El hecho de que a la fecha no hayan logrado un acuerdo, fue considerado por la Sala como una acto que vulnera los derechos fundamentales del adulto mayor, quienes a pesar de tener derecho a un beneficio no lo han podido disfrutar.