El próximo jueves 11 de abril es un feriado de pago obligatorio que no se traslada su disfrute; a quienes lo trabajen se les debe de pagar doble, pero también ese día no se aplicara la restricción vehicular por el número de placa.
El próximo jueves 11 de abril es un feriado de pago obligatorio que no se traslada su disfrute; a quienes lo trabajen se les debe de pagar doble, pero también ese día no se aplicara la restricción vehicular por el número de placa.
Según el Ministerio de Trabajo, en un comunicado de prensa, ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día feriado, solamente si está de acuerdo, en cuyo caso la empresa deberá pagarlo doble. Si un empleado se niega a laborar ese día, no puede ser sancionado por esa causa.
Las empresas que tienen pago semanal, es decir, que reconocen el salario sólo del tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar normalmente los días laborados durante esa semana del disfrute (lunes 8, martes 9, miércoles 10, viernes 12 y sábado 13 de abril) y agregar un salario sencillo por el jueves 11 feriado. Si se trabaja durante el feriado, el salario adicional deberá ser doble.
NO HABRÁ RESTRICCIÓN
Mientras tanto Germán Marín, director de Tránsito, comentó que por motivo del feriado (11 de abril), día del héroe nacional Juan Santamaría, la restricción vehicular por número de placa no se aplicará en San José. La limitación de paso, en consecuencia, no tendrán que cumplirla los carros con placas finalizadas en siete u ocho.
La medida rige habitualmente para todas las vías ubicadas de la ruta de circunvalación, inclusive, hacia el centro del casco central de San José.
La suspensión de la medida se hace comprendiendo que el cierre de las oficinas gubernamentales y los cambios en la dinámica normal en los centros educativos, ese día, hace innecesaria su aplicación. A estos dos casos se suma el día libre que disfrutarán muchos empleados del sector privado.