El próximo sábado 25 de julio, Costa Rica conmemora la Anexión del Partido de Nicoya, una fecha que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ha ratificado como un feriado de pago obligatorio.
Tanto empresas nacionales como transnacionales que operan en el país deben cumplir con la normativa salarial establecida en el artículo 148 del Código de Trabajo para evitar sanciones.
Así funciona:
No hay traslado: A diferencia de otros feriados, el disfrute de este día no se moverá a otra fecha.
Es voluntario: Ninguna persona trabajadora está obligada a laborar el día feriado; si se opone, no puede ser sancionada por ello.
Excepciones: Solo los casos contemplados en los artículos 152 y 153 del Código de Trabajo quedan fuera de esta norma de voluntariedad.
Cómo se calcula el pago:
La compensación varía según la modalidad de pago de la empresa:
Pago mensual, quincenal o semanal comercial: Estas empresas pagan todos los días del mes (incluyendo descansos). Si el empleado no trabaja el 25 de julio, ya recibe su salario completo. Si trabaja el feriado, se debe adicionar el valor de un día más para completar el pago doble.
Pago semanal (actividad no comercial): Se pagan los días efectivamente laborados en la semana más un día sencillo por el feriado obligatorio. Si trabaja el feriado, se añade otro salario sencillo para alcanzar el pago doble.
Horas extra: Cualquier tiempo extraordinario laborado durante este sábado feriado debe remunerarse a tiempo y medio del valor del día feriado, lo que se traduce en pago triple.
El cumplimiento de estas directrices es mandatorio para todo el sector privado, asegurando que el reconocimiento de los derechos laborales se mantenga firme durante las festividades nacionales.
Geovanny Díaz – Vocero Ministerio de Trabajo y Seguridad Social