Expertos alertan sobre cambios en medidas cautelares

Advierten que no deben responder a presiones extrajudiciales

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La intención de Corte Plena de realizar un análisis para una eventual modificación sobre las medidas cautelares y la prisión preventiva preocupa a los abogados.

Esto después de que se acordara que las diferentes Salas del Poder Judicial analizarán por un plazo de 15 días si es necesario ejecutar cambios en los temas de medidas cautelares relacionadas con casos de corrupción en funcionarios y temas de crimen organizado. 

En especial cuando se trata de funcionarios judiciales que son despedidos y que una medida cautelar del Contencioso Administrativo ordena una reinstalación, esto a pesar de que podría existir un caso de corrupción o vínculos con el crimen organizado. 

“Las medidas cautelares son decisiones jurisdiccionales y corresponde al juez imponerlas, modificarlas o mantenerlas luego de valorar las circunstancias concretas de cada caso. No se trata de decisiones automáticas ni pueden responder a presiones externas”, dijo el abogado Rafael Rodríguez.

Además, asegura que el proceso penal inicia cuando el delito ya ocurrió, por lo que las cautelares tienen un fin puramente procesal y de aseguramiento (evitar peligros de fuga o de obstaculización), y nunca deben operar como una pena anticipada.

Los penalistas aclaran que es falso que la prisión preventiva incida en la disminución de la delincuencia.

“El Poder Judicial no previene, no está hecho para prevenir el Poder Judicial es reactivo, no preventivo. Es decir, el proceso penal y la prisión preventiva o las medidas cautelares entran cuando ya el hecho sucedió”, afirmó el abogado Gerardo Huertas. 

Imponer criterios automáticos vulnera la independencia de los jueces, según los expertos.

La imposición o mantenimiento de una medida cautelar es una función estrictamente jurisdiccional que debe ser analizada caso por caso bajo criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. 

Emilia Williams, de la Asociación de Abogados Litigantes de Costa Rica advierte que cualquier modificación normativa debe respetar los límites constitucionales.

“Estas modificaciones que plantea el Poder Judicial para mejorar estos temas deben siempre respetar los límites que se imponen desde la Constitución Política de Costa Rica, específicamente del debido proceso y el derecho de defensa y también los límites que las propias leyes especiales impongan”, explicó. 

Además, se alertó sobre un vacío legal en los casos de jueces con sentencias firmes de despido administrativo que continúan en sus puestos y reciben salarios gracias a medidas cautelares de la vía Contenciosa Administrativa.

El Poder Judicial dio un plazo de 15 días para que las diferentes Salas emitan su criterio sobre este tema, ya sea en temas laborales, penales o de Contencioso Administrativo. 

Fiscalía a favor 

El Ministerio Público considera apropiado que la legislación se actualice de cara a las necesidades del momento. 

Así lo explicó el fiscal general Carlo Díaz, tras la consulta realizada por Grupo Extra. 

“Coincidimos, sobre todo en la necesidad de actualizar o revisar las actuales medidas cautelares que se imponen en los diferentes procesos ya sea laboral, contencioso administrativo o incluso a nivel penal”, dijo. 

Díaz dijo que esto es relevante si se analizan los recientes casos donde el Ministerio Público ha solicitado medidas cautelares contra funcionarios por corrupción y “no han obtenido los resultados esperados”. 

“Sobre todo teniendo en cuenta la infiltración del crimen organizado y también la posible corrupción que cometen los funcionarios públicos”, agregó.

Marco Mora

Abogado


“Lo necesario sería que la Corte formule la posibilidad de un proyecto de ley y modificar el Código Procesal Contencioso Administrativo y restringir la posibilidad de que personas juzgadoras que han sido sancionadas por hechos vinculados a cierto tipo de delincuencia no les sea posible acceder a medidas cautelares”.

Rafael Rodríguez 

Abogado


“Las medidas cautelares son decisiones jurisdiccionales y corresponde a un juez imponerlas, modificarlas o mantenerlas luego de valorar las circunstancias concretas de cada caso. No se trata de decisiones automáticas ni pueden responder a presiones externas, el juez debe valorar el grado de participación del imputado y la existencia de peligros procesales”. 

Angie Arce

Abogada


“Se trata de una necesaria revisión de la normativa que actualmente rige y se trata de una prioridad de los delitos que tengan que ver con la función pública, con corrupción y crimen organizado, de tal manera que no vaya ninguna institución a tener problemas en el tema de reinstalar algún funcionario que es investigado por este tipo de situación”. 

Mario Quesada

Abogado


“El Código de Procesal Penal establece con precisión cuál es el estándar requerido para privar a una persona de su libertad en la fase preliminar. En caso de ser necesario, la Sala busca actualizar los derechos en el marco de la interacción de las organizaciones criminales en las que está involucrado un funcionario judicial y determinar si se puede aplicar una inhabilitación”. 

Gerardo Huertas

Abogado


“La propuesta preocupa porque no es por ahí donde se soluciona la delincuencia. Me preocupa que por las indebidas presiones que ha estado recibiendo la Corte y los ataques desmedidos, estén cediendo a ciertos discursos, porque hay algunos magistrados que estén cediendo a estos discursos y propongan reformas inviables”.