Estudiantes con discapacidad recibían clases en bodega  

Sala IV ordenó al MEP reubicarlos

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La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado a favor de seis estudiantes del Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, en Tres Ríos, quienes recibían lecciones en condiciones que el tribunal calificó como “inadecuadas y peligrosas” para su salud y aprendizaje.

Los jóvenes, diagnosticados con condiciones neurosensoriales de alto impacto, entre ellas sordera profunda, recibían clases en una bodega sin ventanas, ventilación, iluminación natural suficiente ni salidas de emergencia.

Además, el espacio reducido y sofocante obligaba a los estudiantes a permanecer junto a su docente de apoyo en un ambiente contrario al Reglamento de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación Pública (MEP).

La resolución, bajo la resolución N.º 25-016333-0007-CO advierte que los afectados requieren un entorno adaptado, ventilado, iluminado y seguro, por lo que la ausencia de esas condiciones no solo limita su proceso de aprendizaje, sino que pone en riesgo su salud, estabilidad emocional y derecho a una vida digna dentro del sistema educativo.

La Sala ordenó al director Víctor Hugo Orozco Delgado y al jefe del Departamento de Asesoría Pedagógica de la Dirección Regional de Cartago del MEP, o a quienes ocupen esos cargos, gestionar en un plazo máximo de dos meses el traslado del grupo multinivel de Audición y Lenguaje a un espacio más amplio y adecuado dentro del centro educativo.

El tribunal recordó que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones penales de hasta dos años de prisión o multas de veinte a sesenta días, según lo establece el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.

Además, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados, los cuales serán liquidados en la vía contencioso-administrativa.