Estos son los últimos 2 feriados del año y así deben pagarse

Ninguno de estos fue trasladado y se disfrutará en su fecha correspondiente

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Diciembre trae consigo los 2 días festivos restantes en el calendario oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) para el 2025.

Uno de estos feriados permitirá a los costarricenses disfrutar de un apetecido fin de semana de 3 días.

Sin embargo, la principal característica a considerar es la diferencia en la modalidad de pago de estas fechas, un aspecto fundamental del Código de Trabajo que tanto patronos como trabajadores deben conocer.

Foto: Mauricio Aguilar.

Este año no se aplica el traslado de ninguno de los feriados, por lo que cada uno se disfrutará en su fecha correspondiente.

Los feriados que quedan en el 2025 tienen modalidades de pago diferentes.

  • Lunes 1.° de diciembre: Día de la Abolición del Ejército.
    • Este día festivo es de pago no obligatorio.
    • Al caer lunes, permite a los trabajadores disfrutar de un fin de semana largo de tres días.
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad.
    • Este corresponde al último feriado del año.
    • A diferencia del anterior, este día festivo es de pago obligatorio.

Detalles del pago

La diferencia en la obligación de pago determina cómo se remunera o se disfruta el día.

Fotografía con fines ilustrativos.
Foto: Randall Sandoval.

Feriado de Pago Obligatorio (25 de diciembre)

  • El patrono tiene la obligación de pagar el salario completo de ese día a todos sus empleados, sin importar la modalidad de pago, aunque no trabajen.
  • Si un colaborador labora durante este feriado, se le debe adicionar un día de salario, resultando en un pago doble.

Feriado de Pago No Obligatorio (1.° de diciembre)

  • Para los centros de trabajo que pagan semanalmente (y no son de actividad comercial), no están obligados a remunerar ese día si el empleado no lo trabaja.
  • Si el empleado sí labora durante esta fecha, el pago es de un día sencillo.
  • Para las empresas que tienen modalidad de pago mensual o quincenal, el salario ya incluye el pago de todos los días del mes, por lo que estos empleados disfrutan del feriado sin que se les rebaje del sueldo.
En setiembre ingresaron 122 mil turistas.
Foto: Mauricio Aguilar.

La legislación laboral vigente establece un derecho crucial para los trabajadores:

Ningún trabajador está obligado a laborar en un día feriado. Un empleado no puede ser sancionado por negarse a trabajar en estas fechas, sin importar la modalidad de pago del feriado.