La Sala Constitucional envió, el pasado lunes, a la Asamblea Legislativa el fallo completo sobre la Ley Jaguar 1.0, ante la consulta facultativa del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
Esto resolvió la Sala IV a la iniciativa del Ejecutivo:
“El resguardo de las competencias asignada por el Constituyente a la CGR le impide al legislador ordinario rebajarlas, disminuirlas, suprimirlas, atribuírselas a otros o modificarlas de forma contraria al Derecho, por lo que la Sala verifica que las normas consultadas, artículos 2, 3, 4 y 5 del proyecto Ley Jaguar, implica un resquebrajo claro y directo a todo el esquema constitucional de la CGR”, detalló la sentencia 2024-21375 del órgano constitucional.
“Indicado y al resguardo de sus competencias, en claro retroceso y regresión de nuestra institucionalidad de control y vigilancia de la Hacienda Pública”, siguió la resolución.
Se trata de la sentencia completa de la primera versión del proyecto del Ejecutivo para conovocar a un referéndum.
El pasado 29 de julio, la Sala declaró con vicios de constitucionalidad los artículos 2, 3, 4 y 5. Al día siguiente, el Ejecutivo presentó la Ley Jaguar 2.0, incluyendo las sugerencias del órgano constitucional.
¿Qué sigue?
Algunos diputados de Liberación Nacional (PLN) y del Liberal Progresista (PLP), expresaron que esperarían el fallo completo, del primer proyecto, para decidir si someterían a votación la segunda versión y que así pase al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).
La decisión de que pasará con la Ley Jaguar 2.0 se tomará en la reunión de jefes de fracción en el Congreso, el próximo jueves.
“Lo discutiremos el jueves en Jefes de Fracción”, respondió la jefa de la fracción oficialista, Pilar Cisneros, ante la consulta de Grupo Extra.
Sobre la segunda versión, diputados del PLP con firmas de algunas diputaciones liberacionistas presentaron una nueva consulta facultativa a la Sala. Los magistrados aún no se refieren a este recurso.