“En 45 años de carrera nunca vi eso”

El especialista en derecho administrativo, Enrique Rojas Franco, señaló que en 45 años de carrera nunca vio que la Procuraduría pidiera la anulación de un voto para evitar ir a juicio.  Lo anterior significa que el archivo del caso de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) contra Credomatic, que dio a conocer DIARIO EXTRA, […]

Fecha de publicación:

Fecha de modificación:

El especialista en derecho administrativo, Enrique Rojas Franco, señaló que en 45 años de carrera nunca vio que la Procuraduría pidiera la anulación de un voto para evitar ir a juicio. 

Lo anterior significa que el archivo del caso de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) contra Credomatic, que dio a conocer DIARIO EXTRA, es único en su tipo. 

El Coprocom pretendía que Credomatic pagara unos ¢12 mil millones, pero la acción no prosperó ante la intervención de la Procuraduría. 

“La anulación está bien. No hay ninguna violación a la legalidad administrativa, pero en mi carrera profesional nunca lo había visto y aquí en este país nadie ha tenido más juicios contenciosos administrativos que yo”, indicó Rojas Franco. 

El abogado asegura que esto sienta un precedente para casos futuros porque aunque una resolución del Coprocom no puede ser apelada ante el despacho del Ministro de Economía, sí puede ser anulada cuando hay una recomendación de la Procuraduría. 

“No se puede apelar ante el ministro porque ellos tienen desconcentración máxima, lo que significa que tienen autonomía funcional para actuar y nadie puede revisarlo, pero en este caso hay nulidad absoluta sujeto al criterio de la Procuraduría. Aquí está resolviendo la Procuraduría, no el Ministro”, agregó Rojas Franco. 

La legalidad en la actuación se ampara en el artículo 183 de la Ley General de Administración Pública. 

La moraleja del caso a criterio de Franco es que a partir de ahora cualquier resolución del Coprocom se podría anular a pedido del procurador. 

“A mí la procuradora Ana Lorena Brenes me dice que en muchos casos que yo llevaba donde yo tenía la razón, la Procuraduría se daba cuenta y le mandaba a decir al ministro (en ese momento) y el ministro no lo anulaba, eso dice ella, yo ni cuenta me daba; claro, yo no tenía que darme cuenta porque si no yo usaba el criterio de la Procuraduría para ganar el caso. A mí nunca me pasó que la Procuraduría me diera la razón”, agregó Rojas Franco. 

De acuerdo con el especialista, como el criterio del abogado del Estado es vinculante, los ministros tienen que anular el voto cuando hay una instrucción oficial. 

Rojas Franco es del criterio de que sí debe ser la Procuraduría la que agote la vía administrativa porque es a quien le toca defender el caso y saber si no tiene pies y cabeza. 

“Claro que sienta un precedente muy interesante. La Procuraduría da un dictamen favorable para que el ministro anule y se eche para atrás. El ministro (cualquiera en el cargo) al final se lava las manos porque al final la responsable es la Procuraduría. En este caso, a lo que entiendo, iban a perder, fue lo correcto”, añadió. 

 

SÍ ES EL PRIMERO

 

La procuradora Ana Lorena Brenes confirmó a DIARIO EXTRA que la petición de anulación del voto en el caso de Credomatic es único. 

“En relación con actos de la Coprocom no lo había hecho en anteriores oportunidades, pues no había sido necesario con respecto a otros litigios”, dijo Brenes. 

Ante la pregunta de si ella fue al despacho del ministro de Economía, Welmer Ramos, a pedir la anulación del voto, respondió: “en mi calidad de procuradora general una reunión constituye parte del cumplimiento de mis obligaciones, de ahí que se trata de una situación normal y común”.

Brenes replicó que al actuar en calidad de representantes judiciales es obligatorio, cuando así se considere necesario, ir con los representados, previa comunicación del procurador encargado del caso, como ocurrió con el tema de Credomatic. 

“Esto siempre se hace –y se ha hecho en múltiples ocasiones- con los diferentes ministerios, en los casos que así lo requieren”, añadió.

Brenes confirma que se instruyó al ministro Ramos a fin de hacer de su conocimiento que perderían el caso y que el Estado podría recibir una condena de ¢1.200 millones.

“Se instó al jerarca de Economía a revisar el asunto, advirtiéndole sobre el riesgo que estaban corriendo los intereses del Estado, se siguió el trámite formal requerido remitiéndole una nota”, agregó Brenes. 

Adicionalmente, la procuradora manifestó que el procurador Julio Mesén es quien emitió el dictamen favorable para decretar la nulidad del acto, mismo que fue revisado y aprobado “no por mi persona, sino por la señora procuradora general adjunta”.