Empresarios defienden reforma del empleo público en el INA

Varias cámaras empresariales expresaron su apoyo a reformar la forma en que se contrata al personal en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), como se plantea en el proyecto de ley 24.501, que se estudia en la Asamblea Legislativa. Este expediente lo presentaron diputados de cinco fracciones, entre ellos Óscar Izquierdo (Liberación Nacional), María Marta […]

Las agujas y catéteres son el principal producto de exportación.

Varias cámaras empresariales expresaron su apoyo a reformar la forma en que se contrata al personal en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), como se plantea en el proyecto de ley 24.501, que se estudia en la Asamblea Legislativa.

Este expediente lo presentaron diputados de cinco fracciones, entre ellos Óscar Izquierdo (Liberación Nacional), María Marta Carballo (Unidad Social Cristiana), Luis Diego Vargas (Liberal Progresista) y Pilar Cisneros (Progreso Social Democrático).

“El INA, que nació en el año 1965, necesita modernizarse y acoplar su estructura a las necesidades cambiantes del mercado laboral actual. Esto debe ser prioridad para brindar capacitación a buena parte de la población desempleada (más de 200 mil costarricenses), así como a la fuerza de trabajo que necesita reconvertir sus habilidades para ese desafiante mercado laboral”, asegura la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).

La iniciativa pretende que el INA pueda realizar formas de contratación de personal diferentes a las establecidas en el Régimen del Servicio Civil, otorgándole la potestad de tener su propio estatuto autónomo de empleo público.

Por su parte, Carlos Wong, presidente de la Asociación de Empresas de Zonas Francas (Azofras), comentó: “Es de vital importancia que los señores diputados y diputadas aprueben proyectos trascendentales como el expediente legislativo de modernización del INA, ya que permitirá fortalecer el pilar de talento humano del país y así atraer mayor inversión extranjera, aprovechando las grandes oportunidades que tiene el país para diversificar y hacer crecer el ecosistema de las zonas francas, en sectores como el de semiconductores, por ejemplo”.

 

¿CÓMO FUNCIONA LA CONTRATACIÓN POR SERVICIO CIVIL?

 

En la actualidad para contratar el personal se aplican las normas derivadas de la Ley 1581, llamada Estatuto del Servicio Civil. Dicha normativa exige todo un proceso para ingresar al servicio público.

Para ello se deben realizar pruebas de idoneidad desarrolladas por la Dirección General de Servicio Civil.

Un punto muy importante es que el artículo 37 indica que los trabajadores incluidos en este sistema de servicio laboral “No pueden ser despedidos de sus cargos a menos que incurran en causal de despido”.

 

¿CUÁL ES LA REFORMA?

 

Con la nueva normativa el INA podrá contar con cuatro formas distintas de contratación.

La primera de ellas es por tiempo indefinido para funcionarios de manera permanente y la segunda consistiría en la contratación de personal docente por un plazo de un año, prorrogable hasta cinco años.

Una tercera contiene las contrataciones por servicios especiales y finalmente están aquellos puestos de confianza que responderán solo a la junta directiva, presidencia ejecutiva o gerencia general.

 

 

 

 

RECUADRO:

 

PRINCIPAL CAMBIO DEL PROYECTO

 

NORMA VIGENTE

PROYECTO DE LEY

Artículo 24.- Todos los funcionarios y empleados del Instituto Nacional de Aprendizaje estarán incorporados, en cuanto a nombramiento, remoción, clasificación y valoración de puestos, al Régimen de Servicio Civil, y se regirán por la Ley de Salarios de la Administración Pública (…)

 

Artículo 24.- Régimen de Empleo Público.

El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) regirá su recurso humano bajo un estatuto autónomo de empleo público que salvaguarde los principios constitucionales de la función pública en la selección del personal y la relación de empleo.

En el ámbito de sus relaciones de empleo público y mixto, el INA seguirá los lineamientos del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), conforme a la Ley 9635 \”Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas\” del 3 de diciembre de 2018 y sus reformas, y la Ley 10159 \”Ley Marco de Empleo Público\” del 8 de marzo de 2022. Esto se hará sin menoscabo de las disposiciones específicas definidas en esta ley.