El fraude de simulación

CONSULTA: Tengo un crédito con una entidad financiera, yo estaba a punto de llegar a cobro judicial, pero pude adelantar unas cuotas con ayuda de mis hermanos, ya que tenía a mi nombre unos derechos donde ellos viven y ellos también tienen sus derechos. Yo estuve sin trabajo por mucho tiempo, ya que me dedicaba […]

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CONSULTA: Tengo un crédito con una entidad financiera, yo estaba a punto de llegar a cobro judicial, pero pude adelantar unas cuotas con ayuda de mis hermanos, ya que tenía a mi nombre unos derechos donde ellos viven y ellos también tienen sus derechos. Yo estuve sin trabajo por mucho tiempo, ya que me dedicaba a lo propio y no me resultó, después de meses buscando, empiezo a trabajar en una institución estatal, pero los pagos son tres o hasta cuatro meses después y en el banco no me van a dar ese tiempo, antes yo hice las vueltas para que me ayudaran con un arreglo y en la sucursal no los enviaron y me avisan ya a las semanas en una llamada que no aparecía nada de lo del arreglo y todo se complicó. Ya para cuando mis hermanos me ayudan, dejé sólo una sin pagar porque no me alcanzaba, y en esos días se decide quitar los derechos a nombre mío y se ponen a nombre de una hermana mía con usufructo de mis tres hijos, todos pequeños. Ahora mi papá me envía uno de sus artículos donde dice que uno puede ir a la cárcel, pero dos abogados me dicen que, mientras no estuviera en cobro judicial yo podía ponerlos a nombre de quien yo quisiera, ahorita estoy con dos meses de atraso que ya se juntaron, si no pudiera pagar, que esa no es mi idea, yo he pedido ayuda al banco y dicen que ocupo un fiador, y no lo tengo ya… Si no me ayudan y entro en cobro judicial, ¿me pueden meter a la cárcel por haber puesto mis cosas a nombre de mi hermana, sin que hubiese cobro judicial y yo sin haber puesto nada a responder por ese préstamo que son como ¢6.400.000?

 

RESPUESTA: El fraude de simulación es un delito de gravedad media, y se comete cuando haya un traspaso para perjudicar a un acreedor, con deuda vencida y preferiblemente en cobro judicial.

En realidad, todos tenemos deudas, pero eso no impide que dispongamos de nuestros bienes libremente. Sus propuestas de arreglo, la aceptación de un arreglo de pago, y la persistencia en hacerse cargo de la obligación son atenuantes que podrían desacreditar un fraude de simulación.

Ahora, en lo que debe ocuparse es en ver la legitimidad de los cobros que le hacen. Por lo general, en los arreglos de pago se dan cobros caprichosos, o que están prescritos, lo que ignora el deudor. Es muy importante solicitar que le extiendan por escrito los cobros del arreglo de pago, y consultarlos con un abogado. Lo que ocurre es que los deudores se empeñan en seguir el consejo de los acreedores y aceptan arreglos de pago por intereses prescritos, gestiones cobradas ilegalmente como cartas, llamadas telefónicas, localizaciones, honorarios y gastos administrativos que no corresponden.

Al provenir su deuda de créditos con intereses usurarios, todas las tarjetas los tienen, pero no se aplica la ley de usura, su posición es justificable. No actúe con temores por ese traspaso, lo que está hecho, no se va a cambiar. Actúe con personalidad, en protección de los suyos, porque en realidad usted no se ha robado nada. Comparto los conceptos que otros abogados le plantearon, bajo las circunstancias dichas.