El bullying puede convertirse en delito

Advierte el Ministerio Público

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El acoso escolar, conocido popularmente como bullying, dejó de ser visto únicamente como un conflicto entre estudiantes. 

En Costa Rica, muchas de las conductas asociadas a este fenómeno pueden derivar en procesos penales, incluso cuando los responsables son personas menores de edad. 

Así lo advirtieron especialistas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) durante un programa radial dedicado a la prevención y concienciación sobre este tipo de violencia.

Aunque el término bullying no aparece como tal en el Código Penal, las acciones que lo componen sí están tipificadas. Amenazas, daños a la propiedad, lesiones, hurtos, robos, difusión de material íntimo, ingreso de drogas o armas a centros educativos y agresiones mediante redes sociales son solo algunos ejemplos de conductas que pueden acarrear consecuencias judiciales.

La legislación costarricense establece que una persona menor de edad es penalmente responsable a partir de los 12 años. 

La Ley Penal Juvenil contempla sanciones que pueden llegar hasta los 10 años de prisión para quienes tienen entre 12 y 15 años, y hasta 15 años para el grupo etario de 15 a 18 años. En el caso de niños menores de 12 años, la intervención recae en el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), mediante procesos administrativos y medidas de protección.

Las autoridades advirtieron que nadie puede alegar desconocimiento de la ley. Conductas que algunos estudiantes consideran “bromas”, como cortar un bulto, empujar a un compañero o amenazarlo “de juego”, pueden configurar delitos o contravenciones y abrir un expediente judicial.

El OIJ reporta un aumento significativo de denuncias relacionadas con amenazas, agresiones grupales y uso de objetos como armas improvisadas dentro de centros educativos. 

A esto se suma el impacto del ciberacoso: perfiles falsos en redes sociales, grupos cerrados de mensajería y difusión de contenido íntimo amplifican la violencia y la trasladan del aula al entorno digital, con efectos más duraderos para las víctimas.

Incluso quienes observan y no intervienen pueden enfrentar consecuencias legales. 

La omisión de auxilio o la participación pasiva, por ejemplo, grabar una agresión en lugar de ayudar puede ser valorada por la Fiscalía como parte de un proceso penal.

Deber institucional y denuncia

Los centros educativos tienen la obligación de activar protocolos ante denuncias de acoso. La omisión de estos procedimientos puede derivar en investigaciones por incumplimiento de deberes. 

Las autoridades recalcaron que ningún centro puede desentenderse de hechos de violencia entre estudiantes, incluso cuando ocurren en entornos digitales vinculados a la comunidad educativa.

Las denuncias pueden presentarse en cualquier oficina del OIJ, las cuales operan 24/7, o directamente ante el Ministerio Público cuando se identifica a la persona agresora. No se requieren pruebas complejas para iniciar el proceso: el relato de los hechos es suficiente para que las autoridades activen la investigación.

Impacto psicológico y señales de alerta

Desde el abordaje psicológico, el bullying se define como una forma de violencia sostenida que busca ejercer poder sobre otra persona. Sus efectos incluyen aislamiento, cambios de conducta, bajo rendimiento académico, rechazo a asistir a clases y, en casos graves, ideación o intentos suicidas.

Especialistas recomiendan a madres y padres prestar atención a señales como cambios bruscos de humor, lesiones inexplicables, pérdida de objetos personales o resistencia a hablar sobre la escuela. El diálogo temprano, sin minimizar la situación, y el acompañamiento profesional son claves para prevenir daños mayores.

Prevención desde el hogar y la comunidad

Fortalecer la autoestima, enseñar resolución pacífica de conflictos, supervisar el entorno social y digital de los hijos y mantener una comunicación constante con las instituciones educativas son medidas fundamentales para prevenir que el bullying escale a un delito.

El llamado final es a no normalizar la violencia. Conductas que antes se toleraban hoy pueden tener consecuencias penales severas. La prevención, la denuncia oportuna y el trabajo conjunto entre familias, escuelas e instituciones son esenciales para proteger a la niñez y la adolescencia.