El próximo 2 de agosto, Día de la Virgen de los Ángeles, fue ratificado como un feriado de pago obligatorio por parte de las autoridades, como lo establece el Código de Trabajo.
Así lo dio a conocer el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
“Al tratarse de un feriado de pago no obligatorio, las empresas que tienen pago semanal (en actividad no comercial), es decir, que reconocen en el salario sólo el tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar los días trabajados sin incluir el pago del día feriado. Si se labora ese día, se paga un salario sencillo”, explicó el MTTS.
Las personas trabajadoras tienen derecho al disfrute del feriado, independientemente de la modalidad de pago