El Tribunal Contencioso Administrativo le dio un voto de confianza a los nuevos programas de educación de afectividad y sexualidad que implementó el Ministerio de Educación Pública (Mep) a partir del curso lectivo 2013.
El 22 de febrero un importante grupo de padres de familia, representados por el abogado Raúl Escalante Soto, presentó una medida cautelar contra la puesta en marcha de estos programas. Según los accionantes, el Consejo Superior de Educación aprobó la aplicación de estos cursos sin que el jerarca del ramo, Leonardo Garnier, hubiera informado a la población pues solo se invirtió en una fuerte campaña publicitaria para que los padres aceptaran estos programas.
Adicionalmente, aseguraba que a pesar de que los docentes sí habían sido capacitados para dar los cursos, la realidad es que no se trata de profesionales calificados académicamente para dar la materia.
En la resolución, los juristas descartaron la medida cautelar, primero porque ninguno de las 390 personas que presentaron la medida cautelar, demostraron ser padres de estudiantes que tuvieran que recibir el curso, de manera que esto los deslegitimiza de poder realizar la acción en contra de estos programas. Además no lograron demostrar en qué parte del aprendizaje o de la metodología de enseñanza que estaba proponiendo el Ministerio se estaba “promoviendo la promiscuidad, el sexo grupal y entre diferentes sexos”. De forma tal, que queda únicamente como una apreciación de los accionantes y no algo tácitamente demostrado.
Por su parte, el ministro de Educación Pública aseguró que “Es un paso más hacia la consolidación de un programa educativo que, sabemos, rendirá frutos importantes en el mediano plazo a favor de nuestra juventud”.
De esta manera, el MEP logró evadir un escollo más en la aplicación de estos programas. No obstante, se mantiene el derecho de los padres de decidir si sus hijos reciben el curso o no, según una resolución dada por la Sala Constitucional el año pasado.