DIARIO EXTRA le ganó un recurso de amparo a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), luego de que se le impidiera el acceso para dar cobertura a una mesa de negociación entre agrupaciones sindicales y el Centro de Atención a Personas con Enfermedad Mental en Conflicto con la Ley (Capemcol), en la Uruca.
El recurso, bajo expediente 18-009295-0007-CO, lo interpuso el 15 de junio José Eduardo Vargas Rivera, abogado del Sindicato Nacional de Enfermería (Sinae), luego de presenciar el impedimento al acceso de información y su resolución es la 108013315.
El interés de El Diario del Pueblo era conocer las soluciones que querían los sindicatos por supuestas requisas ilegales en perjuicio de los funcionarios de la CCSS.
Los magistrados de la Sala Constitucional ordenaron a Carolina Montoya, en su calidad de jefe médica interina de Capemcol o a quien ocupe el cargo, abstenerse de incurrir nuevamente e impedir el ingreso a la prensa a coberturas de interés público.
Incluso señalaron que en caso no acatar la orden se incurrirá en el delito de desobediencia, el cual tiene como sanción de tres meses a dos años de prisión o 20 a 60 días multa.
“Esta resolución reafirma la importancia de los medios de comunicación en los procesos democráticos, sobre todo para llevar información necesaria a la ciudadanía para generar opinión ante temas tan relevantes de la Caja”, comentó Lenin Hernández, secretario general del Sinae.
“Evidentemente se vulneró la libertad de prensa y acceso a la información pública en la reunión que sostuvo nuestro sindicato y la administración de la Caja, la cual generó participación de la prensa”, añadió.
El líder sindical cree que con este fallo habrá un antes y un después, haciendo que la prensa tenga libre acceso a ese tipo de espacios de negociación.
Además aseguró que es un llamado de atención a todas las entidades públicas, limitando la arbitrariedad que pudiese tener el Estado a través de sus instituciones, de impedir el acceso a los medios de comunicación.
En su momento Vargas Rivera interpuso también una solicitud de medida cautelar en contra de los actores mencionados, donde pedía a la CCSS abstenerse de impedir el paso a los medios de comunicación a la mesa de negociación y al edificio Capemcol, con el fin de evitar una nueva violación de derechos humanos contra la libertad de prensa e información de los medios.
El accionar del abogado se basó en el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, el cual señala el derecho de difundir ideas y opiniones por cualquier medio y en los términos previstos por el artículo 3 de la Convención Americana, donde se tutela la libre expresión.