El Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José desestimó la causa contra Célimo Guido, quien fue parte del Movimiento Rescate Nacional, por instigación pública durante las protestas de 2020.
Asimismo, a Xinia López, José Francisco Villalobos, Manuel Alfonso Porras, José Miguel Corrales, Edgar Arturo Porras, José María Oviedo y Óscar Gerardo Campos tampoco los declararon culpables por el movimiento que estuvo en calles, puertos y demás puntos del país desde el 30 de setiembre hasta el 12 de octubre del 2020.
En el considerando se lee que los hechos probados únicamente son que entre los días 30 de setiembre y 12 de octubre del 2020 se desarrollaron manifestaciones en diversas partes del país mediante el bloqueo de vías terrestres. Sin embargo, nunca se pudo comprobar la responsabilidad penal de los imputados en los hechos investigados.
“No se logró determinar gran parte de los delitos denunciados y respecto a los demás hechos, de la totalidad de elementos probatorios (denuncias, videos, informes), no constan elementos de prueba que acrediten que los investigados (son culpables)”, se lee en la sentencia de sobreseimiento definitivo en manos de DIARIO EXTRA.
DERECHO FUNDAMENTAL
Por otro lado, en una parte de la sentencia se indica el derecho fundamental de las protestas o manifestaciones.
“Bajo un Estado de Derecho, no es posible afirmar que se requiera un permiso previo para el ejercicio de un derecho fundamental, ya que esto conllevaría la posibilidad de que la administración niegue el mismo, vaciando de contenido así el derecho humano de libertad de expresión y de manifestación pública y pacífica”, añade el documento.
ANEP REACCIONA
“Este sobreseimiento definitivo es interpretado como una derrota política de un mandatario que la historia cívico-obrero-social registrará como presidente violador de derechos humanos”.