Con criterio unánime, la Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley que derogaría el Fondo de Pensiones Alimentarias, que estaba en el Código Procesal de Familia.
El recién ratificado Código Procesal de Familia, que entró a regir el 1° de octubre, estable la creación de un fondo para prestar recursos a personas con deudas por pensión alimentaria y que además contaran con capacidad de bienes inmuebles o garantías.
No obstante, el texto presentado por la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN) Alejandra Larios, y respaldado por el mismo Poder Judicial, fue acogido de forma unánime en el Congreso, elimina la medida.
Las autoridades judiciales aseguraron que el fondo era “inviable” e incluso la misma Corte Plena señaló que no contaba con el suficiente dinero, por lo que avanzar con dicha medida podría afectar el Régimen No Contributivo de Pensiones (RNC).
“(…) Los recursos se iban a agotar muy rápidamente y no era viable poder operar o entrar a ejecutar este artículo 286”, dijo Iris Rocío Rojas, magistrada de la Sala Primera en la sesión N.° 42-2024 de la Corte Plena que se celebró el pasado 23 de setiembre.
El documento también contiene una modificación respecto a la salida de menores de edad del país cuando los padres no están de acuerdo. La norma aprobada elimina la necesidad de audiencias.
Por otra parte, se mantiene representación legal de menores en procesos judiciales a pesar de que el mismo Poder Judicial y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) afirmaron no tener recursos suficientes para atender el tema.
El texto será votado el próximo jueves. En caso de ratificarse, pasará a manos del Poder Ejecutivo para convertirse en Ley de la República.