Trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) enviaron una denuncia a DIARIO EXTRA, en la cual aseguran que dicha institución no cumple con la ley de salario mínimo inembargable y se les rebaja de la planilla un monto que no debería.
Estos funcionarios se encuentran desesperados, ya que no pueden cubrir sus necesidades básicas.
El artículo 172 del Código de Trabajo establece: “Son inembargables los salarios que no excedan del que resultare ser el menor salario mensual establecido en el decreto de salarios mínimos, vigente al decretarse el embargo. Si el salario menor dicho fuere indicado por jornada ordinaria, se multiplicará su monto por veintiséis para obtener el salario mensual”.
Así mismo, establece que el salario mínimo no se puede embargar. En consecuencia, si un trabajador gana apenas el mínimo de ley, ese salario es inembargable.
Además, tratándose de un salario que sí se puede embargar, existe un monto máximo establecido por ley, que es el único que se puede rebajar por concepto de embargo salarial.
Actualmente el salario mínimo en Costa Rica es de ¢214.230.
Los trabajadores solicitaron una respuesta al Ministerio de Hacienda, por lo que este les respondió: “Este Ministerio de Hacienda, previa confirmación con el MTSS, procederá a realizar los ajustes en los sistemas de pago de salarios y de aplicación de deducciones, para respetar el monto del ‘salario mínimo’ a los trabajadores del Gobierno Central que se pagan mediante Tesorería Nacional, a partir de la primera quincena de julio del 2022”.
Cabe destacar que lo enviado en dicho documento no se cumplió y se les siguió rebajando a los funcionarios un monto que según la ley es inembargable.
RESOLUCIÓN DE SALA SEGUNDA
La Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia emitió una resolución donde ratifica la protección del salario mínimo inembargable, sin embargo, los funcionarios de la CCSS denuncian que la institución no lo cumple.
El documento señala: “El salario deberá estar protegido contra su embargo o cesión en la proporción que se considere necesaria para garantizar el mantenimiento del trabajador y de su familia”.
Por cuanto a la disposición del salario \”…debe liquidarse completo en cada periodo de pago\”.
RECLAMOS ADMINISTRATIVOS
El Periódico de Más Venta en Costa Rica tiene en su poder dos reclamos administrativos enviados a la CCSS, donde sus trabajadores piden que se suspendan los rebajos salariales automáticos.
Ante esto la Caja emitió el 12 de julio una respuesta, donde indica que “para su atención y gestiones conforme a derecho corresponda, a fin de que se coordine con la oficina de recursos humanos y remita respuesta a la interesada a la brevedad posible, con copia a este despacho”.
Los reclamos dicen textualmente: “Exijo se detenga y eliminen los rebajos automáticos en mi salario, que estén violentando o afectando, que mi persona no pueda percibir la suma establecida por Ley como salario mínimo inembargable, todo esto amparado en la jurisprudencia expuesta de forma clara en este reclamo administrativo (…)”.
¿QUÉ DICE LA CAJA?
El Periódico del Pueblo consultó sobre este tema a la presidencia ejecutiva de la CCSS, que envió un comunicado de prensa.
“Podrían presentarse casos en los que a algunas personas trabajadoras de la CCSS se les llegue a depositar un salario menor al mínimo inembargable al aplicar lo dispuesto en la misma ley, que establece que ‘los patronos no podrán discriminar ni dejar de aplicar las deducciones al salario de las cuotas debidamente autorizadas previamente por el trabajador, para el pago de las operaciones financieras de crédito, voluntariamente contraídas por este o para el pago de su afiliación a organizaciones de base asociativa social cuyo fin no es el lucro, respetando el derecho y la libertad de contratación y de asociación del trabajador’”, indicó Walter Campos Paniagua, titular de la Dirección de Administración y Gestión de Personal.
Añadió: “Con base en lo anterior todas aquellas deducciones que el trabajador se haya comprometido a cancelar antes del 20 de junio de 2020 deben seguir siendo rebajadas de su salario, incluso si esto afecta al salario mínimo inembargable”.
Sin embargo, en la resolución emitida por la Sala Segunda no se mencionaba nada al respecto.
TESTIMONIOS DE TRABAJADORES
“La Caja no quiere respetar la ley de salario inembargable, agarrando la Ley de Usura para no aplicar la otra ley, que es completamente diferente. Hemos presentado reclamos administrativos ante el Ministerio de Trabajo, la Defensoría de los Habitantes y a la correspondencia interna de la Caja Costarricense de Seguro Social, la cual ha rechazado tajantemente esos reclamos administrativos basándose en la Ley de Usura.
Se están brincando la Ley del salario inembargable, que fue dictaminada por la Sala Segunda. Solo la Caja Costarricense de Seguro Social se está brincando esa ley”, denunció un trabajador de la CCSS que pidió proteger su identidad.
Otro funcionario de la CCSS, quien también pidió mantener su identidad en el anonimato, expresó: “Nuestra situación es complicada. Más del 50% de los trabajadores de la institución están con sobreendeudamiento y hay casos que recibimos ¢600 y ¢5.000, debido a las deducciones que están metidas en la planilla.
Recientemente acaba de salir el voto de la Sala Segunda y dio luz verde para ratificar el derecho que tienen los trabajadores a recibir al menos por mes lo correspondiente al salario mínimo inembargable que está establecido por ley”.