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El exfiscal general de la República y defensor del exmagistrado Óscar González, prácticamente pulverizó la hipótesis que presentó el Ministerio Público sobre la relación de amor que sostenía la víctima con el encartado no era tal.
Dentro de los argumentos expuestos por Dall’Anese está por ejemplo que Priscila Quirós llegaba por las noches bajo la penumbra, con las luces apagadas y donde las cámaras de la Corte no la detectaran.
Pero el Ministerio Público expuso que tenían sexo durante el día, donde más bien el exmagistrado estaba más que expuesto a que sus otros compañeros magistrados lo descubrieran, “entonces qué iba hacer don Óscar en horas de trabajo, que abriera don Luis Paulino Mora y lo encontrara ahí en plena faena, así no funciona, esto es parte de lo que han utilizado para ensuciar a don Óscar”.
Otro aspecto que refutó el exfiscal se refiere a lo que Priscila decía ante otras personas no se sostiene, pues las contradicciones en las que ella entraba hacían que el relato no se sostuviera.
ERRORES DE LA ACUSACIÓN
Según Dall’Anese en el proceso acusatorio y un inquisitorio, el acusado debe saber primero el hecho por el cual se le acusa y cuál es la prueba contra este, así puede ir al juicio a defenderse.
“Pero en este caso la acusación dice que don Óscar haciendo uso de la fuerza física penetró a la ofendida, pero los defensores entramos a este juicio a defender a don Óscar sin saber de qué, porque ahí no dice si la fuerza física fueron golpes, maniató a la víctima o le dio con un látigo”.
Igualmente contradijo el argumento presentado por la fiscal Floribeth Rodríguez, cuando habló que Priscila tuvo una invalidez aprendida, hecho que no está dentro de la acusación, por ello la fiscal incurre en un vicio según el defensor de González, porque los hechos están acusados de conformidad a otros artículos del Código Procesal Penal y no como señaló Rodríguez a la invalidez aprendida.
Además, acotó el litigante estar seguro que la fiscal que redactó la acusación la hizo mal, por cuanto ella no acusó el contagio del virus del papiloma humano, “porque si se valora la prueba tal como nosotros lo hicimos, no hay expediente. El doctor no se acuerda, pero además 7 meses después que marcó su vida, negó que hubiera otra patología, pero no es que no hubiera prueba dijo la fiscal, sí hay prueba, lo que pasa es que era una acción penal prescrita, entonces no se aplicó”. Añadió que ninguno de los fiscales para formular la acusación computó los plazos para decir que estaban o no prescritos, al punto que don Óscar González Camacho está sobreseído por un hecho que acusó el Ministerio Público. Fue sobreseído por el Juzgado Penal de San Joaquín de Flores, sin que nadie se lo solicitara, porque cuando le llegó la acusación al juez este sí computó los plazos prescritos.
Para rematar, el defensor hizo referencia a la desesperada acción de la fiscal, “desesperada después de interrogar a la ofendida, porque la ofendida no cuenta el asunto, acá hay acusados que hablan de fuerza en abstracto y ni siquiera de eso puede hablar la ofendida. Entonces la fiscal le suplica, mire dígame por lo menos uno (delitos) para saber y ustedes oyeron, no lo dice”, pero la fiscal acusa los 4 delitos.
De igual manera Francisco Dall’Anese hizo ver una anécdota en que la víctima lloró más por unas fotocopias que no le sacaron sus compañeros que por las propias violaciones.
“La escala emotiva de la ofendida implica sufrimiento porque los compañeros no le sacan las fotocopias, pero ningún sentimiento cuando habla de las agresiones de las cuales fue víctima”.
Una vez que finalice la exposición del defensor del exmagistrado los jueces dictarán la fecha para la sentencia que podría ser la próxima semana.