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Hay una constante interrogante que muchos contribuyentes se hacen casi a diario: ¿Qué implicaciones contables y tributarias conlleva pasar de ser asalariado a trabajador independiente?
Es importante comenzar explicando que una persona asalariada es aquella, que presta sus servicios personales a un empleador (patrono) a cambio de una remuneración económica (salario), bajo un vínculo de subordinación jurídica. En el caso de un trabajador independiente, es toda aquella persona física que de manera autónoma desarrolla una actividad económica sin relación de subordinación, asumiendo por su cuenta los riesgos y beneficios financieros.
Una de las principales implicaciones contables de pasar de asalariado a trabajador independiente, es el registro de ingresos y gastos; es decir, se debe llevar un control contable formal de los gastos que van a fungir como deducibles. A diferencia de una persona asalariada (que no deduce gastos), la persona independiente puede restar costos operativos respaldados con comprobantes electrónicos.
En cuanto a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), el trabajador independiente debe pagar un seguro independiente que contrasta con la persona asalariada quien era asegurada por el patrono. Otro aspecto que no muchos hablan es el no derecho a prestaciones que no gozamos los trabajadores independientes a diferencia de las personas asalariadas.
Ahora bien, vayamos a hacer algunas comparativas directas de obligaciones de ambas figuras. Como asalariado la retención en renta es automática, mientras que el trabajador independiente debe hacer una declaración anual y tres pagos parciales.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) como asalariado no aplica, y para el trabajador independiente es obligatorio, debe hacer una declaración y pago mensual.
En cuanto a las cargas sociales, como asalariado es de 10,67%, mientras que para el trabajador independiente se calcula con base en una escala progresiva sobre ingresos netos.
Para el asalariado, la deducción de gastos no está permitida, en cambio el trabajador independiente, puede aplicar gastos deducibles con comprobante electrónico.
Ahora bien, dentro de las implicaciones tributarias que conlleva ser trabajador independiente, tenemos que, para operar legalmente, debe inscribir bajo el régimen fiscal correspondiente mediante el OVI, esto va a conllevar declarar anualmente renta, pagar 3 anticipos de renta anuales que son obligatorios, además de declarar todos los meses el impuesto al valor agregado, así como pagarlo cuando corresponda que es a más tardar el día 15 de cada mes.
Además de esto, es obligatorio emitir comprobantes electrónicos y tomar en cuenta que la no presentación de declaraciones o la inscripción tardía generan multas importantes.
Ya teniendo esto de referencia, La transición de asalariado a trabajador independiente en Costa Rica requiere una rigurosa gestión del flujo de caja, incluyendo la provisión para el IVA, la renta y el aseguramiento obligatorio ante la CCSS para evitar pasivos financieros.