Los acuerdos tomados por el Consejo de Jueces y la Comisión de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, relacionados con las cuotas de trabajo de las personas juzgadoras, deberán ser evaluados por el Consejo Superior del Poder Judicial.
Lo anterior porque la Comisión de lo Contencioso Administrativo decidió, el pasado 30 de junio, avocar (tomar el control) un acuerdo del Consejo de Jueces sobre este tema.
En una votación de 40 votos a favor y 14 en contra, el Consejo de Jueces acordó que la cuota de trabajo de las personas juzgadoras de fondo sería de 30 resoluciones anuales y 2,5 mensuales, resolución que fue comunicada al Consejo Superior y la Comisión de lo Contencioso Administrativo el 13 de julio.
Sin embargo, la Comisión de lo Contencioso Administrativo acordó tomar el control de la decisión del Consejo de Jueces, a pesar de que desde el 13 de febrero de 2019 se delegó la competencia para establecer las cargas y cuotas de trabajo a este último órgano.
Este tema fue llevado a Corte Plena, donde los magistrados analizaron un informe presentado por Rodrigo Campos, director jurídico del Poder Judicial, para definir si la decisión de la avocación era correcta. “Le corresponde a esta Corte, no definir cuotas, no definir si es 4 o 2,5, lo que sea, porque no le corresponde a esta Corte como tal. Si el rediseño fue aprobado por el Consejo Superior, como corresponde, es revisar la legalidad de estos actos que son cuestionados”, dijo Campos.
Los puntos que se ponen en duda son la decisión de avocación, el acto posterior de la avocación de fijar las cuotas y quienes decidieron mantener ese procedimiento. “A mi criterio personal sí deben verificarse, conforme a la ciencia y la técnica, esas cuotas de otra manera, porque hay una serie de estudios que el mismo Consejo Superior en su momento dijo deben revisarse a la luz de lo que dijo Planificación, para acogerlo o refutarlo”, explicó el director jurídico.
De acuerdo con el informe presentado, le corresponderá a la Corte Suprema de Justicia resolver los recursos planteados sobre la legalidad de que la Comisión de lo Contencioso haya avocado. Por este motivo, la recomendación del documento de enviar toda la información al Consejo Superior para que analice este tema fue aprobada de manera unánime por los magistrados de la Corte Plena.
Al parecer no existe un criterio justificado o técnico en relación con la disminución de las cuotas de trabajo de las personas juzgadoras, sino que se debe a un tema más empírico y desde la experiencia de los propios jueces, según Campos. “Pareciera que fue más que todo en la experiencia y lo empírico que se adoptó esta decisión, más no con una base científica o propia de la técnica, pero me da miedo decir al 100% que sea así, porque ese no era el objeto del informe”, agregó.
La mayoría de magistrados que participó en la discusión del informe cuestionó el criterio técnico del Consejo de Jueces para autodefinir sus cuotas de trabajo sin un aspecto más técnico que lo sustente. La magistrada Roxana Chacón incluso conectó la decisión de este órgano con la Ley Anticorrupción.
“En medio de todo esto hay una Ley de Anticorrupción en la función pública, sobre si una persona se puede autodefinir su propia cuota de tramitación, estamos hablando de un Colegio de Jueces que dice: yo voy a decidir esta cuota, y esto tiene que ver con un servicio público”, externó.
Además, aseguró que el criterio técnico solo le corresponde a la Dirección de Planificación Institucional y no se puede dejar en potestad del mismo Colegio de Jueces.
Por su parte, el magistrado Carlos Zamora adelantó que, aunque el tema de la cantidad de cuotas no era discutido, considera que la cifra no es adecuada, ni la del Consejo de Jueces ni la de la Comisión. “Ningún órgano en este país puede avocarse una competencia que ya fue ejercida. Yo puedo avocarme si no fue ejercida, pero si ya fue ejercida, cómo voy a avocármela y por eso lleva razón el informe de la nulidad de ese acuerdo”, manifestó.
Con un total de 18 magistrados a favor y 1 en contra se decidió acoger el informe de la Comisión Jurídica y será ahora el Consejo Superior el que defina los acuerdos tomados por el Consejo de Jueces y el Contencioso Administrativo.