Ponen topes a los márgenes de ganancia de los medicamentos

Aplicarían sanciones por desacato

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El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), anunció la emisión del decreto “Regulación de margen máximo de comercialización bruto de todos los medicamentos registrados ante el Ministerio de Salud”, que establece márgenes brutos máximos de comercialización en medicamentos.

El decreto establece márgenes máximos tanto para mayoristas (distribuidores), como para minoristas (farmacias) del sector de medicamentos.

La iniciativa se publicará este jueves en el Diario Oficial La Gaceta, tras la firma del Ejecutivo y aplicará en el plazo de un mes.

Según datos del MEIC, el margen de ganancia o utilidad de los medicamentos, en más de 50 países ronda el 17.2% y en Costa Rica asciende al 85%. El Gobierno fijará la cifra aprobada a nivel internacional (17.2%).

“El margen se fija para cada uno de los 42 distintos grupos terapéuticos, agrupación que sigue parámetros internacionalmente utilizados”, informó el MEIC mediante un comunicado.

Para el caso de los mayoristas, los márgenes máximos permitidos oscilan entre un 11% y un 28 (dependiendo del grupo terapéutico del medicamento). Mientras que, para minoristas oscila entre el 25% y el 43,5%.

“Póngale, un mayorista compra un medicamento a 100 colones y lo vende en 3.000 colones. Eso es lo que estamos limitando”, declaró el presidente de la República, Rodrigo Chaves.

Vendrían sanciones

El MEIC afirmó que ante el desacatamiento se aplicarían sanciones económicas.

Sin embargo, el presidente Chaves instó a modificar el reglamento para incluir el cierre de los locales que incumplan con la directriz, como parte de las sanciones.

“Porque palmaditas económicas no sirve. Tenemos que ponerle”, enfatizó Chaves.