Este lunes lo magistrados de la Corte Plena determinaron que los fallos emitidos por los jueces de Ejecución de la Pena no son de su competencia, por lo cual no pueden entrar a analizarlos.
La decisión se da luego de que el Ministerio de Justicia y Paz enviara una nota en la cual expresaba su preocupación por lo que podría representar soltar a personas que están cumpliendo condenas.
En dicha carta la propia ministra de esa cartera, Fiorella Salazar, explicó las acciones emprendidas en los diversos centros penitenciarios del país para la atención y protección de la población privada de libertad frente a la pandemia Covid-19.
Además enfatizó en el hecho de que ya se inició el proceso por parte de cada cárcel para llevar adelante la selección de los que podrían ser recomendados para que se cambien a un régimen semiinstitucional.
El documento se analizó en la sesión de este lunes en la cual los magistrados dieron perspectiva del asunto y tras una discusión se terminó dando un voto de mayoría, es decir 14 indicaron que no eran competentes para analizar los fallos.
Asimismo recalcaron el respeto a la independencia que les asiste a los jueces de la República en sus resoluciones, por lo cual debían ser respetados.
Fueron cinco los jueces de Ejecución de la Pena de diferentes juzgados del país que ordenaron la liberación de los reos que pudieran tener algún padecimiento que sea factor de riesgo para contagiarse de Covid-19.
DIARIO EXTRA dio a conocer que fueron Roy Murillo Rodríguez e Irene Barrantes Marín, de San José, Jorge Luis Umaña Jiménez de Cartago, Mario Rodríguez Arguedas de Alajuela y Ricardo Jiménez González de la Zona Atlántica.
Tras estos fallos desde la semana pasada el Ministerio envió una directriz de cómo se debía realizar el procedimiento para cumplir las disposiciones de las sentencias.
Ante esto incluso el ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, mostró su preocupación de que en medio de la pandemia se vaya a presentar una crisis de seguridad por esa situación.