El Poder Judicial presentó la propuesta del concepto de despido sin responsabilidad patronal para sus funcionarios dentro de un nuevo proyecto de ley de régimen sancionatorio.
Los magistrados aprobaron la propuesta, que será enviada a la Asamblea Legislativa y cuyo principal objetivo es “cero tolerancia” contra la corrupción en ese poder de la República.
Una de las principales novedades es el concepto de despido sin responsabilidad, derogando la nomenclatura de revocatoria de nombramiento, y dispone prohibición de reingreso hasta por 10 años, según Luis Porfirio Sánchez, magistrado de la Sala II.
“La normativa actual lo que dispone es la revocatoria de nombramiento cuando la persona infringe la Ley Orgánica del Poder Judicial. por nuestra estructura tenemos jueces, fiscales, Defensa Pública, entonces a veces generaba duda si se le revocaba el nombramiento como juez y regresaba al Ministerio Público”, declaró.
Otro de los cambios es que se modifica el término de faltas gravísimas y se establecen solo los conceptos de faltas leves y graves, y así no tener diferencias con la Ley de Marco de Empleo Público.
Las faltas graves se sancionarían con seis meses de suspensión y hasta el despido sin responsabilidad patronal, mientras que las leves con hasta tres meses de suspensión.
Otra de las novedades planteadas es la posibilidad de acogerse a una solución anticipada del conflicto.
“El funcionario judicial cuando está en una condición que pudo haber cometido una infracción puede ponerse de acuerdo con el órgano disciplinario con el objetivo de ver la sanción que se le va a imponer”, explicó.
Esta solución de conflicto anticipada establece una lista de casos en que no se puede someter el funcionario, como temas de corrupción, acoso sexual y laboral.