Fecha de publicación:
Fecha de modificación:
El Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entrará en vigencia en el país el próximo 2 de octubre, aunque el país todavía no cuenta con una ley específica que regule el acoso laboral, según explicó Marco Durante, abogado laboralista y socio director de BDS Asesores.
Durante señaló que el convenio establece medidas para prevenir y atender la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.
“El convenio 190 no solamente se limita al tema del acoso laboral, del que todavía no tenemos una ley, sino que también habla de la violencia en el mundo del trabajo, que es un concepto mucho más amplio”, indicó.
El abogado aseguró que la falta de una ley nacional específica no impide la entrada en vigencia del convenio. Explicó que, conforme al artículo 7 de la Constitución Política, los tratados internacionales tienen autoridad superior a las leyes ordinarias.
“No necesita de una ley especial, no necesita de ningún otro permiso. Ya se ratificó y, de acuerdo con el mismo convenio, 12 meses después entra en vigencia”, afirmó.
Ante la próxima entrada en vigencia del convenio, Durante recomendó a los patronos revisar y establecer normas internas para prevenir y atender situaciones de violencia y acoso en los centros de trabajo.
El especialista también pidió a la Asamblea Legislativa retomar la discusión del proyecto de ley para regular el acoso laboral. Señaló que una legislación específica permitiría adaptar las disposiciones generales del convenio a las condiciones del país.
La normativa define estas conductas como comportamientos, prácticas o amenazas inaceptables que ocurran una sola vez o de manera repetida y que tengan por objeto causar, causen o puedan causar daños físicos, psicológicos, sexuales o económicos.
Los principales aspectos:
Según el artículo 9 del convenio, se establece lo siguiente: