Contribuyentes denuncian calvario

La plataforma del Ministerio de Hacienda para hacer el pago de impuestos se volvió un dolor de cabeza para los contribuyentes. Nuevamente este jueves comenzó a dar problemas. El propio presidente del Colegio de Contadores Privados, José Mora, envió una nota al director de Tributación, Carlos Vargas, para manifestarle su disconformidad.  Los impuestos sobre la […]

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La plataforma del Ministerio de Hacienda para hacer el pago de impuestos se volvió un dolor de cabeza para los contribuyentes. Nuevamente este jueves comenzó a dar problemas.

El propio presidente del Colegio de Contadores Privados, José Mora, envió una nota al director de Tributación, Carlos Vargas, para manifestarle su disconformidad. 

Los impuestos sobre la renta y sociedades activas e inactivas son dos de los que deben cancelarse en este mes, pero resulta que al parecer Hacienda no estaba lista para el cobro.

Se debe recordar que el Ministerio modificó el formulario para la declaración de renta del año anterior porque el periodo de cálculo es diferente como producto de la reforma fiscal.

Estamos hablando de un megaperiodo de 15 meses que va de octubre 2019 al 31 de diciembre 2020. Adicionalmente los tramos sobre el salario también cambiaron.

“El sistema está trabajando mal. La gente intenta presentar las declaraciones y no puede. El formulario D101 está dando problemas. El sistema simplemente se volvió loco.

Pongamos que usted tiene que pagar ¢200.000 y lo que sale es que debe pagar una millonada. Hay quejas de todo lado a nivel nacional”, manifestó Mora. 

Para los contadores urge que Hacienda preste atención a este tipo de situaciones, pues la declaración de renta es indispensable para renovar la patente comercial y las municipalidades la están solicitando.

Consideran que no es posible que el sistema presente problemas cada vez que hay una fecha importante de pago. 

“Estamos muy preocupados por cuanto el formulario en mención, que ha estado disponible en el portal ATV a partir del 1 de enero 2021, no calcula correctamente el impuesto a pagar y por el contrario da como resultado sumas totalmente desproporcionadas con la realidad.

Incluso en ocasiones al presentar declaraciones de contribuyentes sin operación comercial en el periodo 2020 emite obligaciones por pagar por concepto de impuesto de renta, situación que implica la necesidad de modificar las presentaciones del formulario en cuestión”, señala la nota enviada a Vargas. 

Los contadores privados agregan: “Nuestro gremio muestra preocupación por cuanto ya inició la carrera contra el tiempo para presentar dichas declaraciones, cuyo plazo de presentación vence el próximo 15 de marzo 2021, y es obligación de la Administración Tributaria brindar las herramientas apropiadas y con un funcionamiento óptimo para el cumplimiento de los deberes de los contribuyentes en los plazos establecidos; siendo nuestros agremiados los primeros llamados a utilizar dichas herramientas y cumplir con los mismos para con nuestros clientes”.

 

SIN ENLACE CON BANCOS

 

German Morales, socio de Impuestos de Grant Thornton, declaró a DIARIO EXTRA que tampoco era posible el pago de impuesto a las personas jurídicas.

Esto genera una afectación para unas 420.000 sociedades. “Hacienda no ha podido dar la información a los bancos para que se conecten con el sistema de Hacienda. El error que da es que no se puede establecer la conexión con Hacienda, eso se paga por conectividad. Todo debería implicar una ampliación en los plazos para el pago al 15 de febrero porque no es una omisión del contribuyente”, recalcó.

De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No.9428, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley No.7337. 

El Consejo Superior del Poder Judicial fijó dicho salario base en la suma de ¢462.200. Quienes no paguen a tiempo se exponen a multas e intereses.

Los obligados tributarios son las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas o que en adelante se inscriban en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Se supone que los recursos obtenidos por el pago del impuesto deben ir al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura de las delegaciones policiales.

Carlos Vargas, director de Tributación, dijo a DIARIO EXTRA que no había reportes de una caída de la plataforma ATV y que en el caso del impuesto a personas jurídicas hubo un problema en la generación de recibos, que sería corregido hoy. 

 

A LAS SOCIEDADES

 

El impuesto a las sociedades 2021 se paga dependiendo de los ingresos brutos declarados en el periodo fiscal 2019-2020, según sean o no contribuyentes.

 

•Sociedades no inscritas declarantes, pero no contribuyentes ¢69.330.

•Sociedades en el Régimen de Tributación Simplificada ¢115.550.

•Sociedades con ingresos brutos mayores de 120 salarios base, pero inferiores a 280 salarios, pagan el 30% del salario base, es decir ¢138.660.

•Sociedades con ingresos brutos mayores a 280 salarios pagan el 50% del salario base, es decir ¢231.100.

•Sociedades nuevas pagan proporcionalmente a los días que resten entre la fecha de su efectiva inscripción registral y el último día del periodo 2021 (31 de diciembre), partiendo del importe de ¢69.330.

 

Fuente: Grant Thornton.

 

EN RENTA 

 

Para el periodo 2020 los tramos aplicables para personas jurídicas con actividad económica son los siguientes.

 

•5% Sobre los primeros ¢5.143.000 de renta neta.

•10% Sobre el exceso de ¢5.143.000 hasta ¢7.715.000 de renta neta.

•15% Sobre el exceso de ¢7.715.000 hasta ¢10.286.000 de renta neta.

•20% Sobre el exceso de ¢10.286.000 de renta neta.

•30% Ingresos superiores a ¢109.032.000.

 

Fuente: Grant Thornton.