Contrato laboral disfrazado de servicios profesionales

CONSULTA: Laboré del 31 de octubre de 2015 al 15 de noviembre de 2016 bajo falsos servicios profesionales, esto por cuanto cumplía horario, tenía jefe y pagos quincenales por planilla. No me pagaban seguro, pero sí me reportaban a Tributación Directa. Me dio una fuerte depresión, no pude asistir y para no ocasionar problemas mejor […]

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CONSULTA: Laboré del 31 de octubre de 2015 al 15 de noviembre de 2016 bajo falsos servicios profesionales, esto por cuanto cumplía horario, tenía jefe y pagos quincenales por planilla. No me pagaban seguro, pero sí me reportaban a Tributación Directa.

Me dio una fuerte depresión, no pude asistir y para no ocasionar problemas mejor envié una nota renunciando. Ahora el dueño de la empresa se hace el desentendido y no me quiere pagar nada, ni lo mínimo que es el aguinaldo, cosa igual sucedió con unas horas extra que laboré.

Como condición para darme el supuesto contrato tenía que registrarme en el Ministerio de Hacienda, con lo cual me veo obligado a pagar impuestos, que en una condición laboral normal no tendría que cancelar. Además existe información cruzada de los registrados en Hacienda para cobrar de facto la parte de la seguridad social (CCSS), lo que tampoco tendría que cancelar en caso de una relación laboral normal. 

RESPUESTA: Esta es una treta muy vieja y vergonzosa porque el Estado, solemne protector de las garantías sociales, y dentro de ellas la protección del trabajador, su salario y otros beneficios anejos, también ha utilizado el ropaje falso de un contrato de servicios para ocultar y lesionar a sus ciudadanos.

Los nombramientos interinos en el sector educación, los contratos indefinidos pero \”renovables\” a voluntad del jerarca, la ausencia de Seguro Social, aguinaldo y vacaciones, también pululan en la administración pública. Recuerdo la situación de los periodistas del Sinart, que vivieron el calvario del vencimiento de su relación laboral trocada en contrato de servicios.

Lo que un trabajador nunca debe hacer es renunciar a su trabajo, ya sea que le hayan puesto uniforme de \”contrato de servicios\” o se realice como un contrato laboral normal por tiempo indefinido. Decía San Pablo, en palabras más elocuentes por cierto, que \”el que se enoja pierde\”.

Ante una situación de empleo irregular, falsa, perjudicial, lesiva a los intereses del trabajador y de la seguridad social, la herramienta es la queja ante la Inspección de la Caja, la que sí es lenta en exceso (un año sin resolver una morosidad de la Municipalidad de Tibás), la Inspección General del Ministerio de Trabajo y los juzgados laborales.

Aunque el trabajador es partícipe pasivo y obligado para obviar sus derechos y obligaciones, tiene todo el derecho de someter a examen y resolución la burla de los principios del contrato de trabajo, como son la subordinación, el salario o dinero que se le asimile y la prestación personal del servicio.

Pero uno no renuncia: primero reclama y ofrece prueba en las instancias mencionadas.