En lo que va del año, según datos del Ministerio Público
Édgar Barquero, fiscal de la Unidad de Capacitación y Supervisión del Ministerio Público, comentó que a setiembre de este año registran al menos 6.182 delitos en perjuicio de personas adultas mayores en todo el país.
Dichas cifras en menos de 12 meses están muy cerca de sobrepasar las contabilizadas durante todo el año pasado, según indicó durante el programa Frecuencia MP.
El funcionario explicó que los hechos más comunes en contra de esta población vulnerable son las estafas en la modalidad informática, es decir, a través de la tecnología y de manera personal.
“Las estafas y las estafas informáticas son el primer y segundo delito que más se cometen en el país. Estadísticas tomadas la semana pasada dan un total de 6.182 casos contra personas mayores de 65 años”, señaló.
Asimismo, manifestó que llama la atención que durante el año pasado se reportaron 6.390, lo que deja entrever que lamentablemente 2024 cerraría con más casos que 2023. “De estos 6.182 casos en total, 1.596 son de esas dos modalidades de estafa; es decir, casi un 26% tiene que ver con el engaño. El que induzca a una persona o un error, engaño, haciéndole creer en datos falsos u ocultándole datos verdaderos, eso es una estafa, y si se comete a través del procesamiento de la tecnología, de un sistema automatizado de información, es una estafa informática”, añadió.
OTROS DELITOS
Barquero también hizo referencia a que, además de los antes mencionados, también se reportan casos de falsedad ideológica, los cuales contabilizan 446.
Este constituye en insertar en documentos, por ejemplo una escritura pública o un documento bancario, datos falsos de una persona adulta mayor.
“En el cuarto lugar está el delito de desobediencia a la autoridad con 351 casos, es decir, un 5,70%. Este se da cuando una persona en perjuicio de un adulto mayor incumple una orden, como medida de protección, en beneficio de esta población”, indicó.
Además recordó que se ha cometido una gran cantidad de delitos contra la propiedad, contra la vida, sexuales y otros que infringen la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor.
“El artículo 142 bis del Código Penal, que se llama ‘Abandono de adultos mayores y casos de agravación’, indica que ese es un delito que sanciona a quien, teniendo la obligación de cuidar y de proteger a esta población, la abandone, como lastimosamente ocurre en nuestro sistema hospitalario o en casas de cuido y albergues”, afirmó.
Recordó que dicha legislación castiga a las personas que cometen ese delito, que se agrava si ese abandono conlleva un grave daño en la integridad física y la salud de la persona adulta mayor.
Cabe señalar que dicha población también es víctima de la agresión física. La Ley Integral para la Persona Adulta Mayor establece de uno a tres meses de prisión a quien ejerza violencia física en contra de un adulto mayor.
ABANDONO
De acuerdo con Hellen Pérez, investigadora de la Sección Especializada en Violencia de Género, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), hasta setiembre de este año han atendido una cifra preocupante de casos de abandono. Según la funcionaria, se ha detectado un patrón de las épocas en que se registran mayormente estos hechos.
“Cuando se dan más los delitos de abandono es cuando hay vacaciones. Las familias quieren irse a pasear o salir del país y no tienen quién les cuide el adulto mayor, entonces lo que hacen es ir a dejarlo a un hospital y salen muy campantes a disfrutar”, comentó.
Agregó que los dejan en un centro donde los cuidan, pero lo malo de esto es que no regresan por ellos.
“Hemos percibido en nuestra oficina que también en festividades como las de fin de año se incrementan las investigaciones por este delito”, acotó.