Consejo de la UCR busca aumentar salarios de todos sus funcionarios

Analizan vías legales para extender ajuste por costo de vida

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (CU-UCR) acordó buscar mecanismos para que un ajuste salarial del 1,5% por costo de vida llegue a la totalidad de sus trabajadores, incluidos aquellos que quedaron fuera del reconocimiento aprobado por la Rectoría en julio anterior.

El órgano colegiado instruyó a la Administración a valorar todas las alternativas jurídicas, administrativas, presupuestarias y reglamentarias que sean legalmente viables para extender el beneficio. La medida se sustenta en el artículo 9 de la Convención Colectiva de Trabajo de la institución.

“La universidad aplicará un sistema de ajuste salarial por costo de vida, con el fin de que los salarios en la UCR sean competitivos en el mercado laboral y contribuyan a mantener la calidad de vida de las personas trabajadoras (…)”, dice la norma.

El mismo artículo deja claro que el ajuste será cubierto con los fondos que aporte el incremento del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES).

El Consejo solicita determinar cómo puede aplicarse y bajo qué condiciones, principalmente para los trabajadores que no fueron incluidos en una resolución emitida previamente por la Rectoría.

Defienden viabilidad del ajuste

Hugo Amores, representante del Sector Administrativo ante el Consejo Universitario, explicó a Grupo Extra que el acuerdo no ordena directamente el pago a los funcionarios excluidos, debido a que las decisiones en materia salarial corresponden a la Administración y a la Rectoría.

Según detalló, lo aprobado busca que las autoridades universitarias realicen un nuevo análisis.

“Lo que hacemos es instar a que busquen mecanismos técnicos y jurídicos para poder incluir a la población a la que no se le pagó costo de vida”, manifestó.

Amores también recalcó que, desde su interpretación, este reconocimiento no debe considerarse un aumento salarial, sino un ajuste dirigido a compensar la pérdida del valor del dinero con el paso del tiempo.

“El incremento por costo de vida no es un aumento salarial. Eso es un ajuste por costo de vida”, afirmó.

El 20 de julio, mediante la resolución R-383-2026, la Rectoría reconoció el ajuste del 1,5%, con efecto retroactivo desde enero de este año, para determinados grupos de funcionarios (un 30% del total).

No obstante, quedaron trabajadores excluidos debido a condiciones relacionadas con su régimen salarial y la relación entre salario compuesto y salario global. Carlos Araya, rector de la UCR, explicó a quiénes les corresponde.

“Le corresponde a quienes reciben salario global o a quienes reciben salario compuesto, cuyo salario esté por debajo del equivalente en salario global. Bueno, esa es la interpretación que hacemos a partir de lo que señala la Ley Marco de Empleo Público”, expresó el rector de la UCR, Carlos Araya.

Añadió que por eso a “la gran mayoría de personas funcionarias no se les hace un incremento salarial”.

Para este ajuste, la institución había incorporado en su presupuesto de 2026 una previsión de ¢2.535 millones, junto con las respectivas cuotas patronales.

Amores también señaló que la Oficina Jurídica, por medio del dictamen OJ-72-2026, analizó el tema frente a la Ley Marco de Empleo Público, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y la normativa interna.

“El mismo dictamen lo dice y eso es parte de la contraargumentación. También hay que entender la parte de los trabajadores que tenemos 7 años de congelamiento salarial”, expresó.

El criterio al que el representante hace referencia confirma que el Transitorio XI de la Ley continúa vigente y establece restricciones para determinados funcionarios. Sin embargo, también señala que existen argumentos jurídicos para considerar que el ajuste por costo de vida tiene una naturaleza distinta a los incentivos salariales ordinarios.

“Actualmente, existe una controversia jurídica razonable respecto del alcance y aplicación del Transitorio XI en relación con los ajustes salariales por costo de vida”, concluyó.

Araya también se refirió al criterio que brindó dicha instancia el 19 de junio de 2026. 

“La Convención Colectiva de Trabajo no puede estar por encima de lo establecido en ese transitorio, sobre todo porque tanto la Procuraduría General de la República y la Contraloría General de la República interpretan que si bien es un instrumento jurídico entre partes que tiene fuerza de ley, no está por encima de lo establecido en la Ley”, concluyó el jerarca universitario.

Hugo Amores 

Sector Administrativo ante el CU


“Lo que queremos es que se vuelva a revisar y se haga un nuevo análisis para determinar si, con los fundamentos que el mismo sindicato ha presentado y que yo he expuesto en el plenario en muchas sesiones, esto pueda ser posible”.

Carlos Araya

Rector de la UCR 


“Estamos sujetos a la normativa nacional y a la normativa en general. Entonces, desde ese punto de vista lo que señala la resolución es en la línea del respeto al transitorio. Somos respetuosos del marco normativo y así lo seguiremos siendo”.