Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en segundo debate, en primera legislatura, la reforma que permite la extradición de nacionales que incurran en delitos de narcotráfico internacional y terrorismo.
Esto en casos donde se compruebe la participación de costarricenses en fronteras internacionales.
Se trata del expediente 23.701: “Reforma al artículo 32 de la Constitución Política de la República de Costa Rica para permitir la extradición de nacionales”.
El dictamen unánime de 44 legisladores, en segundo debate, se dio luego de que la Sala IV no encontró vicios a la Constitución en el texto.
Esta resolución se comunicó el pasado lunes al directorio legislativo.
El diputado del Frente Amplio (FA), Jonatan Acuña, enfatizó en que la reforma no podrá ser usada como una medida para extraditar a la libre.
Cada caso deberá ser evaluado por autoridades judiciales.
También aclaró que no se usará como un mecanismo de persecución política.
“Hay regímenes en que se utilizan, incluso, al Poder Judicial, para perseguir a adversarios políticos. Y por eso, este tipo de garantías son fundamentales”, defendió.
Por su parte, la legisladora de Liberación Nacional (PLN), Paulina Ramírez destacó la reforma constitucional.
“No se vale escudarse de la nacionalidad para evadir la justicia”, manifestó.
“Permitir la extradición de costarricenses no lesiona el principio de progresividad de los Derechos Humanos”, amplió.
Ahora el texto pasará a la Comisión de Redacción para la modificación del artículo constitucional.
Pasos a seguir
La reforma no quedará en firme de inmediato, tras la votación en segundo debate.
Previo a su aplicación deberán cumplirse estos pasos:
- El presidente de la República, Rodrigo Chaves, deberá citar la reforma en su informe de labores, el 2 de mayo de 2025.
- Luego del reporte, deberán darse 3 debates de segunda legislatura, en el Plenario.
- Con los 3 debates afirmativos quedaría en firme la modificación al artículo 32 de la Constitución Política.
El texto quedaría redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 32:
“Ningún costarricense podrá ser compelido a abandonar el territorio nacional, salvo que en casos de tráfico internacional de drogas o terrorismo haya sido concedida la extradición por los Tribunales de Justicia, con estricto apego a los derechos fundamentales y garantías procesales reconocidos en esta Constitución”.
La iniciativa forma parte de los 10 proyectos definidos con carácter prioritario, por los Supremos Poderes de la República, en enero anterior.