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El Plenario Legislativo aprobó este lunes la reforma al reglamento para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política, con la cual se modificará la forma en que la Asamblea Legislativa tramita las denuncias que involucren a diputados.
La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.862, recibió 44 votos a favor y ninguno en contra, mientras seis diputaciones no participaron de la votación. Una vez aprobado el texto, la Presidencia del Congreso ordenó su publicación.
Uno de los principales cambios consiste en fortalecer el papel de una comisión especial encargada de desarrollar la investigación antes de que el caso llegue al Plenario.
Este órgano podrá recibir y valorar pruebas, escuchar a las partes y posteriormente entregar un informe con sus conclusiones y recomendaciones. La decisión definitiva continuará en manos del Plenario Legislativo.
Actualmente, según explicaron durante la discusión, el Plenario debe intervenir desde una etapa inicial para decidir si conforma o no una comisión investigadora, situación que podría provocar que los legisladores adelanten criterio sobre una denuncia antes de que se investiguen los hechos.
José María Villalta, diputado del Frente Amplio (FA), señaló que ese fue uno de los aspectos que se buscó corregir.
“Inevitablemente, como el Plenario es el órgano decisor, el Plenario es el único que puede tomar una decisión de este tipo, de alguna manera ese
procedimiento que tenemos ahora no es práctico porque implica que el órgano decisor, el Plenario, de alguna manera ya adelanta criterio sobre el fondo del asunto”, explicó.
La nueva normativa dispone que, recibida una denuncia, la Presidencia legislativa solicitará a las jefaturas de fracción designar a sus representantes para integrar la comisión especial que conocerá el caso.
Esta deberá contar con representación de las fracciones, tener un número impar de integrantes y respetar reglas de paridad y alternancia de género. Además, contará con un plazo máximo de tres meses para presentar su informe.
Yara Jiménez, presidenta de la Asamblea Legislativa, defendió la necesidad de contar con un procedimiento que permita atender las denuncias sin que las propias reglas se conviertan en un obstáculo.
“Nuestro deber siempre va a ser asegurar que las denuncias se tramiten de manera eficiente, responsable y que este reglamento se convierta en una verdadera herramienta efectiva y de aplicación rápida que nosotros tengamos a la mano para poder aplicar cuando se den situaciones de violencia contra las mujeres”, manifestó.
Jiménez también destacó que el procedimiento deberá garantizar la recepción y valoración de prueba, el derecho de las partes a ser escuchadas, la confidencialidad, la no revictimización y el debido proceso.
Villalta, por su parte, resaltó que el texto finalmente aprobado surgió de conversaciones entre las distintas bancadas legislativas.
“En general estamos satisfechos con el texto, creemos que ha habido un diálogo importante. Quiero reconocer el trabajo de las asesorías de fracción de todas las bancadas legislativas que hicieron aportes para tener un texto que nos permita llegar con este consenso al Plenario”, declaró.
El jefe de fracción del Partido Liberación Nacional, Álvaro Ramírez también celebró el acuerdo y sostuvo que las nuevas reglas deben permitir que los procesos avancen con mayor claridad.
“La Asamblea Legislativa tiene que dar el ejemplo en Costa Rica es muy importante que en este espacio no se afecte a las mujeres y a ninguna persona realmente a través de estas formas de violencia política”, afirmó.
Si después de la investigación el Plenario determina que un diputado es responsable de violencia contra las mujeres en la política, la sanción establecida será una amonestación ética pública.
La resolución deberá ser comunicada al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), que llevará un registro público de las sanciones firmes y la información permanecerá registrada durante diez años, mientras que los datos personales y sensibles de las víctimas deberán permanecer protegidos.
El reglamento también contempla medidas cautelares, entre ellas ordenar a la persona denunciada abstenerse de perturbar a la denunciante o interferir en el ejercicio de sus derechos políticos, siempre sin afectar las funciones constitucionales propias de una diputación.

