Conducción temeraria puede llevarlo a prisión

OIJ detalla a qué se exponen estas personas

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Los conductores que participen en piques o carreras ilegales, manejen superando los límites de alcohol permitidos o circulen a más de 150 kilómetros por hora podrían enfrentar penas de prisión por el delito de conducción temeraria.

Así lo explicó Víctor Moreno, jefe de la Unidad de Investigación de la Sección de Delitos contra la Integridad Física y Tránsito del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), quien recordó que este delito está contemplado en el artículo 261 bis del Código Penal.

“Hay tres supuestos o tres categorías en las que podemos incurrir en el delito de conducción temeraria”, explicó Moreno.

Según el funcionario, la pena establecida para este delito va de uno a tres años de cárcel. En caso de que el conductor sea reincidente, la sanción puede aumentar en un tercio.

Además de la pena de prisión, la persona podría quedar inhabilitada para conducir entre dos y cuatro años.

Piques ilegales

Uno de los escenarios contemplados corresponde a las carreras ilegales, conocidas popularmente como “piques”.

Moreno explicó que si dos o más vehículos o motocicletas son detectados participando en este tipo de competencias en vía pública, sus conductores pueden ser puestos a las órdenes del Ministerio Público.

El OIJ también analiza la posibilidad de coordinar operativos con la Policía de Tránsito dirigidos específicamente a combatir los piques y el exceso de velocidad.

“Hemos tenido operativos en coordinación con la Policía de Tránsito más enfocados al tema de alcohol. Estamos valorando la situación de coordinar operativos para este tipo de acciones que son piques o velocidad, pero al momento no se han concretado”, indicó.

Alcohol al volante

Otro de los supuestos corresponde a conducir superando los límites de alcohol establecidos para configurar un delito.

En las pruebas de aire espirado, Moreno indicó que para conductores novatos y profesionales, superar el 0,25 puede configurar el delito de conducción temeraria.

Para los conductores comunes, el parámetro señalado es superior a 0,38.

El investigador aclaró que el resultado puede variar entre personas, aunque hayan consumido cantidades similares de alcohol, pues existen factores como la masa corporal, la ingesta de alimentos y otras características individuales.

Por esta razón, advirtió que no puede establecerse una determinada cantidad de bebidas alcohólicas que garantice mantenerse por debajo de los límites.