Una resolución de la Sala Constitucional volvió a condenar la actuación de la Unidad de Antimotines del Ministerio de Seguridad Pública (MSP) luego de que agredieron con gas lacrimógeno a una mujer en octubre del 2020.
El 3 de octubre del año anterior, al ser aproximadamente las 10 de la noche, en la localidad de Aguas Zarcas, San Carlos, una mujer fue impactada en su rostro por un cilindro de gas lacrimógeno que lanzaron los oficiales de la Unidad de Antimotines.
Los policías lanzaron el gas a lo interno de una propiedad privada en la cual se encontraba tanto ella como otras personas que estaban sufriendo las consecuencias de los bloqueos que en ese momento se realizaron.
“Como hecho que me llena de satisfacción, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia mediante resolución número 2020024677 de las 9:20 horas del día 29 de diciembre de 2020, declaró Con Lugar Recurso de Habeas Corpus por nosotras presentado y condenó al Ministerio de Seguridad Pública por la agresión sufrida por mi clienta en fecha 3 de octubre de 2020 causada por la actuación de la Unidad de Antimotines”, citó la abogada Ivannia Argüello en una mensaje en su página de Facebook.
En la sentencia ordenaron al MSP y al director regional de la Región Huetar Norte “girar las instrucciones respectivas” con la finalidad de que los hechos denunciados no vuelvan a suceder.
Los magistrados advirtieron que, en caso de incumplir lo ordenado, incurrirían en el delito de Desobediencia a la Autoridad.