La Sala Constitucional ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) revalorar la solicitud de un estudiante con parálisis cerebral y discapacidad múltiple del Centro Educativo Especial Carlos Luis Valle Masís, la cual consiste en una silla de ruedas que requiere debido a su condición.
Según se aprecia en el recurso de amparo 23-016501-0007-CO, el afectado asistió a clases desde 2002 a 2022 y a finales de ese año se le señaló que estaban haciendo algunas diligencias con el Departamento de Apoyos Educativos para el Estudiantado con Discapacidad del MEP con el fin de otorgarle una silla de ruedas adaptada a sus necesidades.
Sin embargo, en octubre de 2022 recibió una respuesta negativa en la que argumentaban que la petición tenía que generarse durante el primer trimestre del año. Por ende, la junta administrativa del centro educativo intervino para que en 2023 se le diera el recurso, pero no obtuvieron respuesta.
“Alega que no comprende por qué a otro compañero del amparado sí se le aprobó la compra de una silla de ruedas, pues ambos eran alumnos del último año del nivel de cuarto ciclo y ahora son egresados del mencionado centro de educación especial”, dice la sentencia. Ante esto, los magistrados ordenaron al Departamento de Apoyos Educativos para el Estudiantado con Discapacidad y a la Dirección Regional de Educación de Cartago desarrollar las coordinaciones correspondientes para que dentro del plazo máximo de un mes se analice el caso y se defina si se autoriza la petición.