El Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, en un proceso ordinario, condenó al Estado (Ministerio de Justicia y Paz) a pagarle las horas extras a 48 oficiales de la Policía Penitenciaria que reclamaron sus derechos y los ganaron en la vía legal.
El expediente 17-000534-0166-LA-4 y que DIARIO EXTRA tiene copia, dice que los funcionarios laboran desde hace varios años en la jornada de ocho horas diarias, luego de que en el 12 de noviembre de 2014 su patrono dispuso el trabajo durante diez horas diarias, lo que consideraron abusivo y recurrieron a la instancia judicial.
El 3 de diciembre de ese mismo año se implementó fijo el rol de cinco días laborados en jornadas diurnas de diez horas, por lo que los oficiales pretendían dejar sin efecto esa jornada y regresar a las ocho horas y pedían el pago de dos horas extraordinarias con su repercusión en los aportes ante la seguridad social, todo con intereses, además de costas.
Por su parte, la representación estatal (Procuraduría General de la República) indicó que los policías tienen una jornada excepcional de doce horas y al cambiarle a diez no sobrepasa la máxima, por lo que interponen la excepción de falta de derecho, solicitando declarar sin lugar la demanda.
En la sentencia en primera instancia número 648-2020 se dice que los policías laboran en un rol de 5×2 que implica laborar cinco días por dos de descanso en una jornada de ocho horas, por lo que, si la administración omitió el pago de ese tiempo, es obligación ahora reconocerlo, como lo solicitan los actores.
POLICÍA A LA ESPERA
Ante esto las autoridades judiciales acogieron parcialmente la solicitud que hicieron en cuanto al pago de horas ordinarias por día por el tiempo que fue aumentado la jornada de diez horas.
Tales horas deberán cancelarse de acuerdo al salario percibido por cada funcionario en el mes de interés, así como los intereses desde que cada uno de ellos debió ser pagados.
En el fallo se menciona que, si los policías penitenciarios tenían desde hace varios años ese horario, el incremento de horas amerita un aumento salarial. Sobre este punto hay que aclarar que el hecho que la administración haya sustraído del descanso de los trabajadores dos horas para incorporarlas a la jornada laboral no debe ser ignorado en cuanto a su pago.
El Periódico del Pueblo consultó al Ministerio de Justicia y Paz sobre la condena, sin embargo, en la oficina de prensa aseguraron que: “En relación con su consulta le indico que no hemos sido notificados del fallo que usted menciona, por lo que no podríamos hacer referencia alguna”, manifestaron.
Fuentes confidenciales mencionaron que la Procuraduría General de la República fue notificada, pero desconocemos el motivo por el que el Ministerio de Justicia no tiene conocimiento.