Si el dueño del apartamento o casa que usted alquila le cancelara el contrato de manera unilateral, debe saber que le ampara la Ley 7527 de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos. La abogada Angie Portela aclaró a Diario Extra las dudas más frecuentes sobre el tema.
¿Debo irme inmediatamente?
No. Para poner fin a un contrato, el propietario debe notificar al inquilino con tres meses de anticipación y tiene esas semanas para organizar el traslado de las pertenencias, explica Portela.
Entretanto, puede habitar la propiedad sin que el propietario afecte el flujo de servicios básicos, de acuerdo con la Ley 7527. Las llaves se entregan al abandonar el recinto.
“Nuestra legislación establece que los contratos de arrendamiento deben tener un mínimo de tres años, lo que garantiza estabilidad. No pueden ser desalojados de un día para otro sin un proceso legal”, mencionó.
¿Me devolverán el depósito?
En caso de que el inquilino deje la vivienda en buen estado y sin deudas pendientes, como de agua, luz o teléfono, el depósito debe devolvérsele en un plazo aproximado de 30 días, salvo que el contrato haga una excepción.
Cabe destacar que, a pesar de que se señala ese periodo, la ley no lo establece explícitamente.
Lo mismo pasa con situaciones donde la expulsión se da a mitad de mes y el inquilino ya canceló la mensualidad. “La norma no lo dice, así que dependerá de lo que negocien y se indique en el contrato”, indicó la abogada.
¿Por cuáles razones me pueden desalojar?
El principal motivo es el incumplimiento de pago, pero el inquilino cuenta con un periodo de gracia de siete días. Después de este plazo, puede exigírsele que abandone la vivienda.
Además, quienes incumplan con lo acordado sobre el cuidado de la infraestructura, como hacer cambios sin autorización del dueño o generar algún daño, se someten a esta posibilidad.
Esto también aplica a quienes incumplen otras condiciones como tener animales y establecer un negocio (si está prohibido). Otras son almacenar armas, explosivos o materiales peligrosos, así como subarrendar sin permiso.
¿Qué casos puedo denunciar y dónde?
Portela fue enfática al señalar que las razones para tomar esta decisión no siempre son válidas. Por ejemplo, no se puede dar la orden por un disgusto personal o a través de falsas acusaciones.
En estas situaciones, recomienda acudir a los juzgados especializados del Poder Judicial para la evaluación del caso.
“Si un propietario se niega a recibir el pago de la renta con la intención de provocar un desalojo, el inquilino puede depositar el dinero en el Juzgado mientras se resuelve la disputa”, ejemplificó la abogada.
Los dueños tienen derecho a recibir el pago completo de la renta, mantener la propiedad en buen estado, realizar inspecciones, terminar el contrato por incumplimiento y ajustar la renta según la ley.
El contrato de alquiler dispone las condiciones bajo las cuales el inquilino permanece en una casa o apartamento, sin embargo, una de las partes puede faltar a él y darse la orden de abandonar la propiedad.
Según la abogada, en la mayoría de los casos la legislación está del lado de los inquilinos, pues se busca garantizar el derecho universal de acceso a una vivienda digna.