Bazares, pulperías y otro tipo de negocios pequeños no están obligados a incurrir en el gasto de contratar el servicio de datáfono ni de recibir tarjetas siempre que ofrezcan a sus clientes algún sistema que les dé trazabilidad a las transacciones, así lo afirma la Cámara Nacional de Comerciantes Detallistas y Afines.
Según el gremio de empresarios, desde 2021 la Dirección General de Tributación Directa había afirmado esto en la resolución DGT-668-2021 del 3-6-2021 asegurando que “es por lo antes indicado que esta Dirección General considera que los obligados tributarios no se encuentran en la obligación de encontrarse afiliados al sistema de tarjetas como parte de sus obligaciones tributarias independientemente del tamaño y régimen tributario en el que se encuentren.
Ya sea que presten servicios o vendan bienes. La obligación tributaria instituida es de aceptar medios alternativos de pago, diferentes al dinero en efectivo que garanticen trazabilidad y tengan respaldo de una entidad financiera, en cuyo caso podría ser las mismas tarjetas (débito o crédito) o bien transferencias, cheques o Sinpe Móvil”
Esta aclaración la hace la Cámara debido a una serie de dudas provocadas por rumores que indicaban que los comercios, como bazares o pulperías, tienen que incurrir ese gasto. Según ese rumor los que no tengan el servicio de pago con tarjetas podrían incurrir en una multa de hasta ¢424.200.
COSTO DE TENER DATÁFONO
El costo de las comisiones para contar con el servicio de datáfono por ley es regulado por el Banco Central. Para este 2024 para adquirirlo fue fijada en 2,5% y la de intercambio en 1,25% por cada transacción realizada.
Pero estos no son los únicos costos que debe pagar el comercio que tenga datafonos, ya que el alquiler del aparato subió en febrero a ¢14.000, para el 2023 el precio era de ¢12.500. Todos estos gastos los tiene que pagar el comerciante.