La Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) criticó la decisión de los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos de no priorizar la aprobación de las jornadas laborales especiales (cuatro días de 12 horas trabajadas y tres días libres).
“En la Cámara de Comercio de Costa Rica consideramos lamentable que las señoras y los señores diputados de la República no le estén dando la prioridad que amerita el proyecto de ley de jornadas excepcionales o jornadas cuatro tres, como país es importante que miremos hacia una mayor flexibilidad en temas de jornadas laborales”, aseguró Arturo Rosabal, presidente de la CCCR.
Esta organización defiende que se apruebe la iniciativa por cuanto consideran que propone la introducción de modalidades de horarios para trabajadores que se ajustan a las necesidades particulares de diversos sectores productivos.
Con una jornada 4-3 aprobada, las empresas podrían contratar colaboradores por turnos de 12 horas. De esta forma, habría un grupo que desempeñaría sus funciones cuatro días seguidos de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. hasta completar las 48 horas semanales y descansaría los restantes tres días de la semana.
DIPUTADAS NIEGAN ATRASO
En la actualidad, dicha iniciativa se encuentra en la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos bajo el expediente 24.290.
Legisladoras de ese órgano del Congreso niegan que exista un atraso. Incluso una de las proponentes, la socialcristiana Daniela Rojas, comentó que: “La otra semana termina el periodo de audiencias. Como proponente de la iniciativa, espero que podamos avanzar en este proyecto tan necesario para país”.
Por su parte, la frenteamplista Rocío Alfaro agregó que: “El proyecto de jornadas extraordinarias de 12 horas no se ha retrasado de ninguna manera, sigue el debate. De hecho, en periodo extraordinario fue el que más avanzó y ocupó nuestra agenda”.
EL PROYECTO
La iniciativa impulsada habilitaría jornadas excepcionales de doce horas para trabajadores especializados de industria, no calificados, semicalificados, calificados y especializados en comercio, turismo, manufactura tecnificada (trabajos que requieren maquinaria para producción), además de la industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animales.
Caso similar para actividades vinculadas al agro (pesca, ganadería, siembra en el bosque, acuicultura, hidroponía), construcción (remodelación, reparación, construcción de edificios, carreteras, calles, puentes y otras actividades).
El 4-3 no se podrá aplicar en casos para labores pesadas, peligrosas, insalubres o cuando los tiempos de exposición y riesgos sean especialmente nocivos. Tampoco se podrá aplicar para trabajos que exijan un esfuerzo físico extraordinario o donde se presente fatiga para el trabajador por condiciones como humedad, temperatura, uso de maquinaria, entre otros.