Fecha de publicación:
Fecha de modificación:
Un padre de familia interpuso un recurso de amparo contra el Colegio Técnico Profesional (CTP) Los Chiles al alegar que a su hijo no se le estaba aplicando la adecuación curricular que requería por tener una discapacidad auditiva.
En el amparo tramitado bajo el expediente 19-007781-0007-CO el hombre manifestó que el joven ingresó al colegio en mención en 2018, mismo año en que participó en diversas reuniones con el personal administrativo y docente para la solicitud de aplicación de la adecuación respectiva, misma acción que llevó a cabo en 2019.
En la resolución 22478-2019 se lee que el papá indicó que, pese a la solicitud, algunos profesores dijeron no estar dispuestos a aplicar la ayuda que el estudiante requería.
Ante esta situación el 28 de marzo de 2019 expuso ante Édgar Mora, exministro de Educación, los problemas y anomalías con las adecuaciones curriculares significativas a los estudiantes con problemas de audición, sin embargo no hubo ninguna solución.
El representante del menor afectado relató que el CTP cuenta con una docente de Audición y Lenguaje, pero solo llega una vez por semana, tiempo que considera insuficiente para la atención de estudiantes con alguna discapacidad, como su hijo, por ejemplo.
“La negativa por parte de algunos profesores de no aplicar las adecuaciones correspondientes para que los menores puedan entender la materia conforme a sus necesidades especiales trasgrede lo dispuesto en la Ley No.7600 e impide que el menor amparado pueda recibir lecciones y acceder a una educación en igualdad de condiciones al resto de la población estudiantil”, se indica en el expediente en la Sala IV.
MEP ACEPTA
Cuando en su momento la Sala Constitucional cuestionó al exministro Mora, este aceptó que el menor recibía apoyo personal una vez por semana en el Servicio Itinerante de Audición y Lenguaje, “tal y como lo establece el documento de Normas y Procedimientos para el Manejo Técnico y Administrativo de los Servicios de Apoyo Educativo que atiende estudiantes sordos, incluidos en la Educación Regular Pública desde el nivel de preescolar hasta secundaria”.
En la Asesoría Regional de Educación Especial de San Carlos, del Ministerio de Educación Pública (MEP), hicieron una serie de recomendaciones para la atención adecuada del estudiante, entre ellas que se comunicara mediante Lesco, pero también que requería un profesional que le brinde acceso a la información por ese medio, ya que el desempeño en español escrito u oral es menos accesible para el amparado al requerir audífonos bilaterales, atención individualizada y supervisión en la ejecución de las tareas.
Sobre el caso, los magistrados de la Sala IV establecieron como hechos no probados que el colegio en mención haya realizado acciones de seguimiento y coordinación para garantizar que todos los docentes del amparado apliquen apropiadamente las adecuaciones curriculares significativas que requiere.
“Se ordena a Guiselle Cruz, en su condición de ministra de Educación Pública, y a Anayancy Bonilla, directora regional de Educación en San Carlos, o a quienes en su lugar ejerzan los cargos, dar respuesta a la gestión planteada por el recurrente y a otros padres de familia del CTP”, resolvió la Sala Constitucional.
Aunado a ello, ordenó a las mismas personas, incluyendo a Asdrúbal Calvo, director del CTP, que adopten las medidas necesarias para que el Comité de Apoyo Educativo supervise si las adecuaciones curriculares aprobadas al estudiante se aplican de forma efectiva y apropiada.