CONSULTA: Tengo un cobro judicial de un préstamo y tarjeta de crédito del Banco Popular desde el 2018 y no he podido pagarlo, ya que desde esa fecha estoy sin trabajo. Me llego el documento que adjunto, pero no sé realmente en qué condiciones se encuentra este cobro. También quisiera consultarle, si yo tengo una pensión voluntaria, de la cual puedo hacer en cualquier momento, eso es embargable.
RESPUESTA: Por el formato que puedo distinguir por lo borroso de las imágenes, me parece que se trata de un cobro judicial, Lo que podría lamentar, es que usted no haya seguido las instrucciones que el juzgado le previno, que es el tiempo que usted tiene para defenderse, todo por escrito y con patrocinio legal. La defensa más importante es la prescripción de los intereses, porque solo se pueden cobrar un año, pues en ese término se extinguen por el paso desde ese término. Debe señalar, con abogado un medio para atender notificaciones para no dejarlos solos sin oposición o su conocimiento de avance del proceso. En estos asuntos los acreedores cometen errores, sobre todo con los poderes y muchas cosas más, las cuales hay que revisar con lupa, con un abogado malicioso, cuidadoso y conocedor, Las pensiones no se embargan por mandato del artículo 984 del Código Civil. Las notificaciones no se guardan, se atienden y contestar resaltando los vicios de procedimiento que puedan haber, que son innumerables. Pero sí le pueden embargar una casa, un carro o cuentas bancarias.