El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) mostró ante la opinión pública su preocupación debido que, al aplicar la norma 12 presupuestaria en los cuerpos policiales, en el caso de ellos perderían hasta 50 plazas al año, lo cual deja en aprietos a la institución.
La norma presupuestaria empezó a regir desde enero de 2021 y determina la imposibilidad de nombrar a una persona en una plaza que quede vacante ante la renuncia, el fallecimiento, la jubilación o los ceses de nombramientos.
De acuerdo con Walter Espinoza, director del OIJ, la aplicación de esta norma repercute de manera negativa en las funciones que desarrolla la policía judicial.
Incluso, el jerarca señaló que solo en enero ya perdieron tres plazas que corresponden a un Oficial de Investigación, otra de Analista en Criminología y una de Investigador 1.
CAUSA PREOCUPACIÓN
“La existencia de la norma presupuestaria es realmente preocupante, en promedio en los últimos tres años se ha detectado que por movilidad laboral normal en el Organismo de Investigación Judicial dejan de trabajar aproximadamente 50 personas, eso significa que, si esa tendencia se mantiene para el año 2021, que es cuando se está implementando esta norma, la circunstancia va a ser de carácter semejante y eso implicaría la pérdida o la imposibilidad de utilizar 50 plazas que generalmente tienen que ver con áreas de investigación”, explicó.
Espinoza añadió que, para una policía pequeña en recurso humano y que tiene la obligación de trabajar 365 días al año y atender durante las 24 horas del día todas las incidencias delictivas que se presenten en el país, una pérdida de plazas tan relevante genera un impacto negativo.
Y agregó que afecta la posibilidad de brindar un adecuado servicio.
“En este momento el OIJ además tiene mucha preocupación porque las áreas de Medicina Legal y Ciencias Forenses también tienen una alta movilidad y la pérdida de recurso y la imposibilidad de hacer sustituciones en esas esferas de trabajo evidentemente también va a afectar los procesos penales y el acceso a la justicia”, destacó.
OBJETIVOS ONU
De acuerdo con Espinoza, les llama la atención que recientemente el país se comprometió a cumplir los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas y el objetivo número 16 obliga a Costa Rica a promover sociedades pacíficas e inclusivas, pero también a fortalecer los organismos nacionales que se encargan de la seguridad y la prevención de delitos.
“Esta norma obviamente afecta la posibilidad de que nosotros podamos alcanzar y cumplir con un requerimiento internacional, pero más aún esta norma presupuestaria, si se aplica de manera estricta, va a afectar la posibilidad de que el OIJ atienda las peticiones de las personas, pueda generar investigaciones, realizar casos y contribuir a que el acceso a la justicia, que es una obligación constitucional, se mantenga y preserve como hasta este momento”, acotó.
EN SENCILLO
El director del OIJ explicó que, en términos sencillos, en 2021 si una persona que labora en la institución se jubila, fallece, renuncia o deja vacante su plaza es imposible sustituirla.
Esto significa que, en cualquiera de las áreas que trabaje, quedará un vacío, una falencia y una necesidad.
“Ya habíamos detectado que hay posibilidad de movimiento importante en las áreas médicas y eso ha generado una preocupación a la Dirección General puesto que esas plazas no son fáciles de llenar ni de conseguir tampoco personal apto e idóneo para que las ocupe, pero de todas maneras la norma presupuestaria nos impide hacer cualquier movimiento”, subrayó.
Esto significa una condición negativa para el acceso a la justicia, para la investigación de los delitos, para la emisión de pericias y, además, en la colaboración con las causas del Ministerio Público y los asuntos que los Tribunales de Justicia apliquen.
Consultado sobre este panorama complejo en la Policía Judicial, el diputado liberacionista Gustavo Viales, quien funge como presidente de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, mencionó a DIARIO EXTRA que “aprobamos hoy (lunes) una dispensa de trámite para mejorar la redacción de la norma. Intentamos quitar cualquier dificultad de ahí”. Confirmó que aún están en construcción de la nueva redacción.
¿Qué dice la norma 12 presupuestaria?
“…12) Durante la vigencia de la presente ley de presupuesto y en sus respectivas modificaciones ordinarias o extraordinarias, no se crearán plazas en los órganos que conforman el presupuesto nacional.
Tampoco podrá ser utilizada ninguna de las plazas vacantes, existentes al momento de vigencia de la presente ley de presupuesto, excepto aquellas que:
a) Representen el cinco por ciento (5%) de las plazas de cada institución destinadas al cumplimiento de la Ley 8862, Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, de 16 de setiembre de 2010.
b) El veinte por ciento (20%) de las plazas del Ministerio de Educación Pública (MEP).
c) El cincuenta por ciento (50%) de las plazas del Ministerio de Salud y todas las policías cobijadas por la Ley 7410, Ley General de Policía, de 26 de mayo de 1994.
d) El cuarenta por ciento (40%) de las plazas destinadas a guardaparques con autoridad de policía, del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
e) Las plazas asignadas a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias.
f) El ochenta y cinco por ciento (85%) de las plazas del servicio exterior de la República, exclusivamente para las rotaciones internas del Ministerio de Relaciones Exteriores.
g) Las plazas del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud (Inciensa), en su calidad de laboratorio oficial del Ministerio de Salud, solo en lo relativo a los recursos ya utilizados o programados para atender la emergencia causada por la Covid-19.
El contenido presupuestario de toda plaza vacante no utilizada y su respectivo código, existentes a la entrada en vigencia la presente ley de presupuesto, salvo las excepciones anteriores, deberán ser rebajados y eliminados antes del 30 de junio de 2021, mediante modificación presupuestaria aprobada por la Asamblea Legislativa. Los recursos liberados del presupuesto deberán ser rebajados a su vez del servicio de la deuda, dando prioridad a aquella de más alto costo.