
CONSULTA: En mi comunidad existe un problema con el cementerio, este fue donado y es un cementerio general administrado por el pueblo, el problema es que ahora está bajo la administración de una asociación de desarrollo comunal y esta, de los fondos recaudados, solamente da un mantenimiento básico al recinto y el dinero restante pasa a manos de la asociación de desarrollo comunal. ¿Existe alguna ley que permita o prohíba este asunto del dinero?, ya que yo creo que el dinero debe ser utilizado para la redecoración del mismo cementerio. Los terrenos están a nombre del donador, no han sido traspasados a ninguna asociación. Quedo atenta a su respuesta por este medio, gracias de antemano.
RESPUESTA: Muchas personas, generalmente con un buen patrimonio, se preocupaban por compartir sus bienes con los pueblos, o donándoselos a las iglesias, o a las municipalidades para que se hicieran campos de juego u otros propósitos de índole comunal.
Si el inmueble permanece a nombre del donante, se debe investigar dónde consta su voluntad para convertirlo en cementerio. A partir de su nombre y demás identificaciones, se puede hablar con sus parientes, para ubicar cómo fue que esa persona tomó la decisión. En el Registro Nacional, podría haber un testamento que así lo indique o incluso en las actas municipales cuando se estableció ese panteón.
Aparte de esa información, también deben hacer un estudio registral en el Registro Nacional y en el Catastro Nacional, porque podría ser que exista algún documento inscrito en que se muestre la decisión y voluntad para el último fin que el propietario quería para esa finca o lote.
También se deben sacar los documentos de la constitución de la Asociación del Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para verificar si con ese nombre se hizo algún traspaso del bien en cuestión.
Con la información clara y detallada, se debe abrir un proceso sucesorio, si es que existe el antecedente de una voluntad precisa del dueño, pues si existió la decisión de donarlo al pueblo, cualquier pariente y presunto heredero podría iniciar las diligencias para que ese patrimonio llegue al destino definido por su dueño.