Aunque la Caja Costarricense de Seguro Social reconoce que existe una necesidad de implementar medidas para acabar con la informalidad que hoy tiene a casi un millón de personas sin acceso a un seguro de salud y de pensiones, considera que el proyecto de Ley 21.522 deja muchos cabos sueltos.
Por una parte, la institución dijo que no encontró un análisis de costo beneficio que justifique la condonación de deudas a patronos y trabajadores independientes.
Además, asegura que la intención de condonar el monto total de las cuotas adeudas por los trabajadores independientes al seguro de salud y el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) es una medida que contraviene lo dispuesto en el artículo 73 de la Constitución Política.
Del oficio SJD-1567-2021, del que este medio tiene copia, se extrae que en dado caso: “El plazo señalado en el transitorio de la propuesta de ley resulta insuficiente para acometer la tarea de realizar los ajustes necesarios para implementar exitosamente la condonación”.
También llama la atención con relación al Régimen No Contributivo de Pensiones, en donde dice que debe considerarse que la condonación que se pretende aplicar a las deudas de los patronos morosos, las cuales generan aportes a Fodesaf a partir de lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, por lo que puede significar una disminución en la asignación de recursos a este programa.
“Podría afectar el ingreso de dineros que son destinados al otorgamiento de pensiones, con lo cual es importante que se garantice que la institución contará con los recursos suficientes para dar sostenibilidad al pago futuro de las pensiones y se pague a la institución cualquier costo que implique el otorgar dichos beneficios”, indica la misiva.
Por todos estos motivos es que la asesoría jurídica de la Caja objeta el proyecto de ley, dado que, al imponer la condonación de cobros por multas, recargos e intereses a los trabajadores independientes y patronos, y los adeudos al principal por cuotas de los independientes, se estaría enervando la facultad de dictar una decisión por parte de la Caja para evitar que se afecte el funcionamiento de la institución.
Adicionalmente, mencionan que el condonar adeudos que se encuentren en cobro en la vía judicial podría generar un gasto adicional a la institución, pues terminaría pagando honorarios de más.